Claves para entender la factura del agua

Aunque podríamos acudir al chascarrillo y decir que para reducir la factura del agua lo mejor es no abrir el grifo –perogrullada que podríamos aplicar a cualquier interruptor eléctrico o a las espitas del gas-, lo cierto es que todos los servicios que nos garantizan nuestro estado del bienestar tienen un coste inevitable, y aunque el ahorro se impone en estos tiempos difíciles, hay gastos mínimos a los que no podemos renunciar. Pero aun así, siempre puede reducirse algo el montante de la factura del agua, para lo cual es importante saber interpretarla y localizar donde están los conceptos que más nos gravan, los que pueden evitarse y los que, muy a nuestro pesar, habrá que pagar forzosamente por el simple hecho de recibir el servicio.

Con este objetivo vamos a diseccionar lo que sería una factura tipo del agua, a pesar de que probablemente sea esta la más compleja de cuantas nos llegan periódicamente a casa para cobrarnos los diferentes servicios domésticos. Un auténtico jeroglífico en algunos casos. Y teniendo en cuenta además que,  a diferencia del recibo de la luz, que es suministrada por pocas compañías con modelos de factura muy similares, en lo que se refiere al agua hay casi una empresa por comunidad, incluso por ciudad, y en función de cada una de ellas pueden variar los conceptos o incluirse impuestos relacionados, que no necesariamente derivan del servicio del agua. El tratamiento de residuos urbanos, por ejemplo.

Factura del agua

La entidad suministradora tiene la obligación de desglosar en sus facturas todo su sistema tarifario fijando claramente todos y cada uno de los conceptos de facturación. De modo que, aun siendo bastante lioso, si aprendemos a descifrar el galimatías del recibo del agua podremos esclarecer qué y porqué pagamos lo que pagamos.

Apartados de la factura del agua

Pero vayamos por partes y ordenadamente, ya que en los primeros apartados de toda factura, lógicamente, lo que debe constar son los datos del contrato, que incluirán el nombre del abonado y su documento nacional de identidad, el domicilio objeto del suministro, así como el domicilio de notificación, en caso de ser distinto y figurar como tal en el contrato; además de los datos de la empresa suministradora.

También se hará constar el número de la factura, la fecha de emisión, el periodo facturado (que puede ser de dos o de tres meses), el código alfanumérico del contador que marca nuestro consumo y el total de la factura a pagar.

El consumo variable, que es el que depende del agua que gastemos, se concretará por la diferencia entre las lecturas de dos periodos de facturación consecutivos, ya que la evolución del contador es continua y no empieza de cero tras cada lectura.

En toda factura habrá un espacio donde se indican de forma diferenciada todos los conceptos que se facturen y la cantidad facturada, ya sean cuotas o tasas fijas o gastos variables.

La cuota de servicio es una cantidad fija que periódicamente deben abonar las personas usuarias por la disponibilidad del servicio con independencia de que hagan uso o no de él. En cambio la cuota variable o de consumo es la que abona el usuario en función del consumo realizado. Cuando por algún motivo la lectura del contador no es real se procede a una valoración estimada, que suele coincidir con el consumo del año anterior en el mismo período. En tal caso debe indicarse en la factura, ya que en próximos recibos deberá rectificarse en función de la lectura real.

Es esta cuota variable en la única que podemos incidir directamente con nuestra actitud de ahorro para reducir el gasto. Más allá de otras consideraciones de índole medio ambiental que no son el objeto de este artículo, pero que conviene no olvidar, pues el agua es un bien escaso.

Puede haber también otros cargos como el derecho de acometida, para sufragar gastos en la ejecución de la misma y para compensar el valor proporcional de las inversiones que las entidades suministradoras deban realizar en las ampliaciones, modificaciones o reformas y mejoras en sus redes de distribución. Y existen igualmente recargos especiales aplicables a una población, un sector de la misma o a ciertas personas abonadas, por motivos de explotación de instalaciones diferentes a las del normal abastecimiento, y que generen un coste adicional al general de la explotación.

Por otra parte, pueden incluirse en las facturas – y siempre se detallarán-  los cargos por servicio de alcantarillado o de tratamiento de residuos sólidos urbanos, así como diferentes impuestos municipales o autonómicos.

La suma de todos ellos arrojarán el montante total de la factura del agua que es, a la postre, lo que debe pagar el usuario.

En toda factura figura también el teléfono y domicilio social de la empresa suministradora a donde pueden dirigirse los usuarios para solicitar información o efectuar reclamaciones.

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