Se acerca la fecha límite para presentar la declaración de la renta en la que probablemente haya sido la campaña más atípica de la historia, marcada por las restricciones del coronavirus. No obstante, el calendario para los contribuyentes no se ha modificado, y tal y como estaba previsto el próximo 30 de junio finalizará el plazo de presentación de declaraciones.
La campaña se inició el pasado día 1 de abril, fecha en que los contribuyentes pudieron acceder al borrador y presentarlo. Ahora, tres meses más tarde, se acaba el plazo, y quien presente su declaración una vez concluido puede enfrentarse a una sanción de hasta un 20% del importe que le corresponda pagar.
En cualquier caso, si por un motivo u otro no se puede entregar en plazo, lo que nunca debe hacerse es no entregarla. El requerimiento por parte de Hacienda, llegado el momento, se saldaría con un multa más grave que en el caso del retraso, ya que no solo se aplica un porcentaje sobre la cantidad a pagar, que puede llegar al 150€ según la gravedad, sino que también se castiga el retraso.
Presentación fuera de plazo
Para presentar la renta fuera de plazo no hay que hacer ningún trámite especial. El procedimiento es el mismo. El contribuyente deberá acceder a la página web de la Agencia Tributaria y completar su borrador. Y de la misma que cuando se hace en plazo, es conveniente revisar el borrador y verificar todos los datos que en él aparecen, así como todas las deducciones de las que el contribuyente se puede beneficiar.
Desde el pasado 8 de junio la Agencia Tributaria ha vuelto a abrir sus oficinas para poder presentar la declaración de renta presencialmente, pero siempre con cita previa. Estas citas deben solicitarse desde la web oficial de la AEAT.
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