Prorrogadas hasta agosto las medidas especiales sobre alquileres y desahucios

El inminente final del estado de alarma ha abierto ciertos interrogantes en materia de gestión de la crisis pandémica, pero el Gobierno ha anunciado una decisión tranquilizadora consistente en prorrogar hasta agosto las medidas especiales sobre alquileres y desahucios.

En su última reunión antes del decaimiento del estado de alarma, el Ejecutivo aprobó  el decreto que prorrogará las moratorias y quitas de renta de los alquileres y la paralización de desahucios para colectivos vulnerables.

El nuevo decreto contempla las medidas de alivio para los inquilinos que se aprobaron al principio de la pandemia, y que se han ido prorrogando sistemáticamente desde entonces. Entre estas la posibilidad de solicitar una moratoria de pago de la renta por un máximo de cuatro meses o una reducción del 50% de la misma durante ese mismo periodo. Una posibilidad que deben aceptar obligatoriamente los grandes tenedores inmobiliarios (más de 10 inmuebles urbanos en alquiler), y que es de voluntaria aceptación para los propietarios pequeños.

Todos los propietarios deben aceptar una prórroga extraordinaria del arrendamiento durante seis meses, sin modificar sus condiciones, en el caso de que el contrato expire y el inquilino así lo solicite. No obstante, esta medida solo se puede solicitar una vez. Si el arrendatario ya hubiera disfrutado de esta opción, la única alternativa es llegar a un acuerdo con el propietario o recurrir a los créditos ICO.

Desahucios

En el mismo decreto también se contempla la ampliación en tres meses de la suspensión de desahucios de arrendatarios vulnerables. Estos incluyen a todos los inquilinos con un contrato de alquiler vigente que acrediten a través de documentos y de los servicios sociales su vulnerabilidad económica.

Los suministros básicos de luz gas y agua también quedan garantizados en este decreto, ya que se prohíbe cortarlos en los hogares más vulnerables aunque no se paguen las facturas. Al menos hasta agosto.

Los consumidores vulnerables, vulnerables severos y en riesgo de exclusión social son los que están reconocidos en la percepción del bono social eléctrico, o aquellos que acrediten estar en una situación análoga, aunque no perciban esa ayuda porque no tienen un contrato de suministro.

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