La mayoría de la gente contrata un seguro de vida. A menudo vinculado a su hipoteca. Y aunque su nombre habla de vida, es de su pérdida de lo que se ocupa dicha póliza. Pero no sólo de eso, y conviene saber que otras coberturas tienen los llamados seguros de vida. Veamos cuáles son.
Si casi todo el mundo acaba haciéndose un seguro de vida no es por capricho. Es entre muchos el producto más vendido por las aseguradoras porque la muerte es algo inevitable, y de un modo u otro, antes o después, todo el mundo lo asume y busca la manera de cuidar los intereses de su familia y otros posibles beneficiarios antes de que eso ocurra. Pero esas precauciones conviene tomarlas también contemplando otros escenarios que no tienen por qué ser estrictamente el de la defunción del asegurado. Por ejemplo, las enfermedades graves o la incapacidad temporal o permanente por diferentes motivos.
Por este motivo es muy importante a la hora de contratar un seguro de vida saber qué tipos de riesgos están cubiertos, más allá del evidente: el fallecimiento. Los riesgos adicionales contemplan la incapacidad absoluta o permanente y la enfermedad grave, además de la muerte por causas especiales como lo sería un accidente.
Excepciones
Además, algunos seguros pueden tener la tan temida letra pequeña, y excluir algún motivo específico incluso en caso de muerte. Por ejemplo, si el deceso se produce durante la práctica de deportes extremos o de riesgo.
Siempre es recomendable leerse los contratos con detenimiento, pues puede haber cláusulas invalidantes de según qué circunstancias que, una vez firmadas, son innegociables. Puede haber, por ejemplo, y parece lógico, periodos de carencia para evitar, por ejemplo, el suicidio de un tomador que contrató el seguro previo al acto.
Por otra parte, los riesgos adicionales que podría contemplar un seguro de vida incluyen la enfermedad grave, que debe haber estado recogida en el catálogo de la propia empresa para clasificarlas como tales. Como la gente mayor tiende a sufrir de enfermedades graves, algunas pólizas ponen un límite de edad a esta cobertura.
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