En la línea de lo que se hizo con el tabaco y el alcohol hace ya unos años, el Ministerio de Consumo ha aprobado una nueva norma legal que limita tanto los horarios como los contenidos y los destinatarios posibles de la publicidad de los juegos de azar. Las prohibiciones ya están en vigor.
La primera medida es la que limita la emisión de la publicidad del juego a la madrugada. Tanto en radio como en televisión, solo podrán emitirse anuncios entre la 1:00 y las 5:00 horas. Por otro lado, la publicidad en páginas web, redes sociales, mail o correo postal solo se permitirá si el receptor ha dado su consentimiento.
Los patrocinios deportivos también están afectados. Las camisetas de los equipos que lucían el nombre de grandes empresas del juego online son ya historia. La marca de los operadores no podrá exhibirse en las equipaciones ni formar parte del nombre de estadios, equipos o competiciones.
Respecto a los contenidos, la nueva normativa prohíbe el uso de la imagen de personas famosas o de notoriedad pública que pudieran relacionarse y prestigiar dichas actividades.
Menores
Además, quedan también prohibidos los llamados bonos de bienvenida o promociones de captación de nuevos clientes. Y las empresas tampoco podrán dirigir ofertas a personas con patologías derivadas del juego. Solo podrán publicitarlas a clientes verificados. Y por supuesto, en ningún caso a menores de edad. De hecho, la norma incluye ciertos mecanismos de control parental, pues toda comunicación de un operador de juego llevará un identificador que habilite su categorización relativa a juegos de azar.
Esta nueva y restrictiva normativa afecta a cualquier entidad que ofrezca actividades de juego de loterías, apuestas, rifas y concursos, juegos de carácter ocasional y otras actividades en las que se arriesguen cantidades de dinero u objetos económicamente evaluables. Eso sí, con las excepciones de la ONCE y Loterías y Apuestas del Estado, consideradas de interés público. Las medidas se aplicarán también a los juegos a través de medios presenciales como casinos o casas de apuestas.
Las sanciones económicas pueden ir de cien mil euros a cincuenta millones según la gravedad de la infracción que cometa la empresa.
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