Plan Pive 8: ¿qué, cómo y cuándo beneficiarse con él?

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes 15 de mayo el octavo Plan PIVE (Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente) ideado para la ayuda a la compra de vehículos nuevos y, de este modo, renovar la flota nacional con el consiguiente ahorro energético y una considerable reducción de las emisiones de CO2 que tan nocivas resultan para el medioambiente. Un nuevo programa dotado con 225 millones de euros que permitirá a 300.000 usuarios la adquisición de un nuevo automóvil subvencionado a cambio de otro usado y de más de diez años de antigüedad (siete para vehículos comerciales ligeros).

Pero ¿cómo y en qué beneficiarse a través de este programa? Pues muy sencillo, la subvención consiste en aportar al comprador una cantidad económica que le facilite la compra de un nuevo vehículo. Un dinero que aportarán a partes iguales el Estado y la marca del vehículo que registre la venta.

Hasta el momento, y así era en el anterior Plan Pive 7 que finalizó a finales del mes de abril, las ayudas eran de 2.000€, pero en esta ocasión se han rebajado a un total de 1.500 – 750 el Ministerio y 750 euros más la marca interesada-, que el comprador recibirá a cambio de achatarrar su vehículo antiguo.

Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente

De hecho, entre los requisitos necesarios para optar al Plan Pive se encuentra la obligatoriedad de presentar el certificado de achatarramiento del vehículo entregado. Dicho auto deberá obligatoriamente estar a nombre del beneficiario de la subvención, matriculado en España y dado de baja dentro del período de vigencia del Plan Pive del que vaya a beneficiarse el dueño.

Es requisito imprescindible gestionar la baja definitiva del vehículo a entregar en la Dirección General de Tráfico (DGT), mediante el certificado de destrucción del mismo por parte del centro autorizado a tales efectos. También será necesario haber acreditado el pago del último Impuesto de Circulación, tener la ITV del vehículo pasada y ser el propietario del mismo desde al menos doce meses antes de la fecha de solicitud de la ayuda. Una exigencia que pretende combatir la picaresca consistente en comprar un coche ruinoso por casi nada y presentarlo de inmediato al Plan Pive para acceder a la ayuda de 1.500€.

Entre las novedades de esta octava edición del programa de ayudas se encuentran unos incentivos para las familias numerosas, que podrán optar a una subvención de 2.250 euros para la adquisición de un vehículo familiar con siete plazas.

Por otra parte, y para poder beneficiarse del PIVE, el usuario deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social. Este hecho será acreditado mediante la declaración responsable que suscribirá junto con la solicitud de la ayuda.

Otro de los aspectos que conviene reseñar es que las ayudas de este programa no están exentas de tributación. La subvención de 750 euros aportada por el Gobierno a través del Plan de Incentivos tributará en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF); motivo por el que tendrá que ser declarado a Hacienda en la siguiente declaración de la Renta. Eso sí, los otros 750€ -aportados por la marca- no tributan, como tampoco lo hace ningún otro posible descuento que se pudiera haber añadido en el concesionario.

Para más información, además de la que pueden dispensarle en cualquier concesionario al que quiera acudir a comprar su nuevo vehículo, puede recurrir a la web del Instituto de Diversificación y Ahorro Energético (IDAE) del Ministerio de Industria, Energía y Turismo o a páginas especializadas en este sector y que ofrecen todo tipo de ayuda y orientación al usuario.

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