¿Qué es la TUR o Tarifa de Último Recurso de gas? ¿Y en qué se diferencia del PVPC?
Hay gastos básicos necesarios, que pueden desestabilizar la economía familiar cuando los precios se disparan. El alquiler, los alimentos y la energía, tanto la eléctrica como el gas natural, son los más evidentes. Y hoy hablaremos de este último, y veremos qué es la TUR, la tarifa regulada del gas natural, quién puede contratarla, cómo queda tras la revisión de octubre de 2026 y por qué no hay que confundirla con el PVPC, que es la tarifa regulada de la luz.
¿Qué es la TUR?
Las siglas TUR significan Tarifa de Último Recurso. La tarifa de gas del mercado regulado. Su precio cambiaba cada tres meses, revisado y fijado por el Gobierno, y se publicaba en el BOE. Es la tarifa de gas natural del mercado regulado, es decir, el precio al que las comercializadoras de último recurso están obligadas a suministrar gas a los consumidores con derecho a ella. Se compone de un término fijo mensual y de un término variable por cada kilovatio hora consumido. Su precio lo fija el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se publica en el BOE y se revisa cada tres meses (el 1 de enero, abril, julio y octubre), siempre que el coste de la materia prima haya variado más de un 2%.
La TUR fue creada como tarifa refugio por el Gobierno en 2008, cuando la liberalización del sector del gas hizo desaparecer las antiguas tarifas reguladas. Una circunstancia que obligaba a muchos consumidores a pasarse al mercado libre, cuyos precios oscilan según las dinámicas del mercado y pueden alcanzar cotas considerables. Quien ya está en el mercado libre puede volver a la TUR, siempre que cumpla los requisitos.
¿Quién tiene derecho a la TUR?
No todos los consumidores pueden acogerse a la Tarifa de Último Recurso. Solo pueden optar por la TUR aquellos con un consumo anual de gas igual o inferior a 50.000 kWh y un suministro conectado a una red de presión no superior a 4 bar. Es decir, la gran mayoría de los hogares españoles con gas natural. Dentro de ese límite hay tres escalones, que se asignan en función del consumo:
- TUR 1, hasta 5.000 kWh al año, que es lo habitual en viviendas que solo usan el gas para la cocina y el agua caliente.
- TUR 2, entre 5.000 y 15.000 kWh, propia de las viviendas con calefacción.
- TUR 3, entre 15.000 y 50.000 kWh, para grandes consumos domésticos y pequeños negocios.
Durante años quedaron fuera aquellas comunidades de vecinos con calderas comunitarias, ya que el consumo de las mismas superaba en mucho los 50.000 kWh y, al ser consideradas como un cliente único, debían asumir las tarifas del mercado libre. Algo que en ocasiones significaba facturas desorbitadas a repartir entre todos los vecinos.
Para evitar esta circunstancia, el Gobierno aprobó en octubre de 2022 una tarifa regulada para la calefacción central de gas natural, que es el sistema instalado por miles de comunidades vecinales en España. Es la conocida como TUR vecinal, que ocupa los escalones TUR 4 a TUR 11. Para contratarla, la comunidad debe contar con contadores individuales de calefacción o repartidores de costes y haber superado la inspección de eficiencia energética de la instalación.
La TUR no puede contratarse con cualquier compañía. Solo la ofrecen las cuatro comercializadoras de último recurso de gas que recoge la guía para consumidores de la CNMC: Energía XXI (Endesa), Curenergía (Iberdrola), Comercializadora Regulada, Gas & Power (Naturgy) y Baser COR (TotalEnergies).
Últimas novedades sobre la TUR
La última revisión de la TUR entró en vigor el 1 de octubre de 2026 y llega marcada por la crisis en Oriente Medio, que ha disparado la cotización internacional del gas. El coste de la materia prima que se traslada a la tarifa se había encarecido un 112,5% desde la revisión de julio, lo que habría supuesto subidas de entre el 44% y el 58% en la factura de los más de tres millones de consumidores acogidos a la tarifa regulada.
Para amortiguar el golpe, el Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre, limitó al 35% el incremento del coste de la materia prima que puede repercutirse en esta revisión. Con ese tope, la resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas publicada en el BOE deja la subida media de la TUR individual en el 17,6% antes de impuestos.
Así sube la TUR del gas en octubre de 2026
TUR individual (hogares y pequeños negocios)
| Tarifa | Consumo anual (kWh) | Término fijo julio (€/mes) | Término fijo octubre (€/mes) | Variación | Término variable julio (cént./kWh) | Término variable octubre (cént./kWh) | Variación | Subida factura anual con impuestos |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| TUR 1 | Hasta 5.000 | 3,93 | 3,83 | -2,5 % | 4,3298 | 5,2526 | +21,3 % | +13,2 % |
| TUR 2 | 5.000 a 15.000 | 8,11 | 8,17 | +0,7 % | 4,1199 | 5,0428 | +22,4 % | +16,4 % |
| TUR 3 | 15.000 a 50.000 | 18,82 | 19,32 | +2,7 % | 3,7758 | 4,6988 | +24,4 % | +18,5 % |
Precios sin impuestos, salvo la última columna. Subida media de la TUR individual: 17,6 % antes de impuestos.
TUR vecinal (calefacciones centrales de comunidades de vecinos)
| Tarifa | Consumo anual (kWh) | Término fijo julio (€/mes) | Término fijo octubre (€/mes) | Variación | Término variable julio (cént./kWh) | Término variable octubre (cént./kWh) | Variación |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| TUR 4 | 50.000 a 300.000 | 53,15 | 54,82 | +3,1 % | 4,0910 | 5,0138 | +22,6 % |
| TUR 5 | 300.000 a 1,5 millones | 289,39 | 299,66 | +3,5 % | 4,0847 | 5,0076 | +22,6 % |
| TUR 6 | 1,5 a 5 millones | 1.296,85 | 1.347,14 | +3,9 % | 3,2579 | 4,1810 | +28,3 % |
| TUR 7 | 5 a 15 millones | 3.952,60 | 4.108,56 | +3,9 % | 2,8858 | 3,8091 | +32,0 % |
| TUR 8 | 15 a 50 millones | 7.283,67 | 7.548,89 | +3,6 % | 2,8540 | 3,7772 | +32,3 % |
| TUR 9 | 50 a 150 millones | 9.819,49 | 10.118,94 | +3,0 % | 2,8326 | 3,7558 | +32,6 % |
| TUR 10 | 150 a 500 millones | 28.625,27 | 29.505,60 | +3,1 % | 2,8185 | 3,7417 | +32,8 % |
| TUR 11 | Más de 500 millones | 182.105,30 | 187.412,84 | +2,9 % | 2,7877 | 3,7109 | +33,1 % |
Precios sin impuestos. En la TUR vecinal, la subida se concentra en el término variable: entre el 22,6 % y el 33,1 %, según el escalón.
Fuente: Resoluciones de la Dirección General de Política Energética y Minas de 25 de junio de 2026 (BOE de 1 de julio) y de 30 de septiembre de 2026 (BOE de 1 de octubre). Términos variables redondeados a cuatro decimales. Las subidas de la factura con impuestos proceden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Conviene tener claro que el tope no elimina la subida, sino que la aplaza. La diferencia entre el coste real del gas y el que se ha trasladado a la tarifa genera una deuda, que la resolución cifra en 2,05 céntimos por kWh antes de impuestos y que las comercializadoras de último recurso recuperarán en las sucesivas revisiones, a partir de la de enero de 2027. Para esa revisión del 1 de enero el decreto prevé un nuevo límite, esta vez del 15%. De ahí que la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) advierta de que el tope supone solo aplazar la subida.
El mismo decreto contempla, además, una rebaja del IVA del gas natural del 21% al 10% en noviembre y diciembre de 2026. No es automática: según detalla la Agencia Tributaria, está condicionada a que el IPC del gas natural supere determinados umbrales de subida interanual, por lo que habrá que esperar a los datos de inflación para saber si llega a aplicarse.
¿Qué es el PVPC y por qué no hay que confundirlo con la TUR?
El PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor) es la tarifa regulada de la electricidad, no del gas. La confusión viene de que, hasta 2014, la tarifa regulada de la luz también se llamaba Tarifa de Último Recurso. Ese año fue sustituida por el PVPC y, desde entonces, cuando se habla de la TUR se habla en la práctica de la tarifa del gas natural. Son, por tanto, dos tarifas distintas para dos suministros distintos: un mismo hogar puede tener la luz en PVPC y el gas en TUR.
También funcionan de forma distinta. La TUR de gas mantiene el mismo precio durante todo el trimestre, mientras que la tarifa PVPC establece un precio variable y con discriminación horaria. Es decir, el precio del kWh cambia cada hora de cada día. Ya que su precio está sometido a la oferta y la demanda que existe entre las compañías generadoras de energía y las compañías comercializadoras que venden esta energía al consumidor.
Además, desde junio de 2021, la tarifa PVPC pasó a tener tres periodos horarios de energía (Punta, Llano y Valle) y dos de potencia, cada tramo con su precio correspondiente.
Tampoco coinciden los requisitos ni las empresas que las ofrecen. Al PVPC pueden acogerse los consumidores domésticos y las microempresas con una potencia contratada igual o inferior a 10 kW, y se contrata con las comercializadoras de referencia de electricidad. La TUR, en cambio, depende del consumo anual de gas y solo la ofrecen las cuatro comercializadoras de último recurso ya citadas.
TUR vs PVPC
| TUR | PVPC | |
|---|---|---|
| Tipo de suministro | Gas natural | Electricidad |
| Nombre completo | Tarifa de Último Recurso | Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor |
| Quién fija el precio | El Ministerio para la Transición Ecológica, mediante resolución publicada en el BOE | Una fórmula regulada; Red Eléctrica calcula y publica los precios cada día para el día siguiente |
| Cada cuánto cambia el precio | Cada tres meses (1 de enero, abril, julio y octubre), si el coste de la materia prima ha variado más de un 2 % | Cada día y cada hora |
| De qué depende el precio | Del coste del gas en los mercados internacionales | Desde 2026, un 55 % de los mercados de futuros y un 45 % del mercado diario e intradiario |
| Estructura de la factura | Término fijo (euros al mes) y término variable (euros por kWh consumido) | Término de potencia (euros por kW contratado) y término de energía (euros por kWh consumido) |
| Discriminación horaria | No: el precio del kWh es igual a cualquier hora | Sí: el precio cambia cada hora y los peajes distinguen tramos punta, llano y valle |
| Quién puede contratarla | Consumos de hasta 50.000 kWh al año con presión de hasta 4 bar (TUR 1 a 3) y comunidades de vecinos con calefacción central (TUR vecinal, TUR 4 a 11) | Particulares y microempresas con potencia contratada de hasta 10 kW |
| Quién la ofrece | Las comercializadoras de último recurso | Las comercializadoras de referencia |
| Bono social | No está vinculada al bono social | Es requisito para acceder al bono social eléctrico |
| Permanencia | No | No |
En cualquier caso, y para acabar, recordar que más allá de encontrar las tarifas más baratas y que mejor se ajusten a nuestras necesidades, el ahorro empieza siempre por el consumo responsable y sostenible.
