Para asegurar el futuro realizando aportaciones desde el presente. Se trata de contar con un producto de ahorro privado como un plan de pensiones que nos ayude en el momento de la jubilación y del que nos podamos beneficiar en la actualidad por sus ventajas fiscales.
El plan de pensiones es un producto financiero que permite ahorrar para que en el momento de la jubilación, viudedad u orfandad, entre otras, podamos disponer de un capital extra. Se trata de una de las pocas opciones que quedan para conseguir rebajar el montante del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) tras los últimos cambios en materia fiscal realizados por el Gobierno.
Según los datos ofrecidos por la Asociaciónde Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones (Inverco), los planes de pensiones tuvieron una rentabilidad media al año del 6,59 por ciento en 2012 que califica como “excelente”. Por lo tanto se trata de un producto de ahorro e inversión para garantizar el mañana que, al mismo tiempo, permite desgravar en el presente.
Para conocer qué capital podemos acumular aportando una cantidad fija al mes durante un determinado número de años podemos utilizar los simuladores que las entidades financieras y otros organismos ofrecen en sus páginas web. A modo de ejemplo, podemos utilizar la herramienta de Educación Financiera en la Red (Edufinet).
Límites a las aportaciones
Hoy en día el plan de pensiones permite obtener el máximo ahorro fiscal en la declaración de la renta, siempre dentro de los baremos marcados por la Ley 35/2006, de 28 de noviembre. Estos límites se establecen en función de la edad del contribuyente y se incrementan a medida que se acerca la jubilación.
- Hasta 10.000 euros de aportación anual y el 30 por ciento de la suma de los rendimientos de trabajo para menores de 50 años.
- Hasta 12.500 euros de aportación anual y el 50 por ciento de la suma de los rendimientos de trabajo para mayores de 50 años.
También se podrán deducir las aportaciones, con un límite máximo de 2.000 euros, al plan de pensiones del cónyuge si no tiene rentas o si éstas no superan los 8.000 euros.
Las personas con una discapacidad superior al 65 por ciento pueden aumentar las deducciones hasta un máximo de 24.500 euros anuales, independientemente de su edad. Además, podrán realizar aportaciones al plan sus familiares, cónyuge o las personas que le tengan a cargo. En este caso, quienes sean titulares del plan podrán aportar como máximo 10.000 euros.
Para acercar estas cifras y porcentajes al ciudadano de a pie, podemos utilizar el ejemplo práctico que Edufinet ofrece sobre el tratamiento fiscal de los planes de pensiones:
El señor A, de 42 años, con rendimientos netos del trabajo de 30.000 euros, es titular de un plan de pensiones al que aporta anualmente un total de 10.000 euros. ¿Cuál sería el importe máximo que podría deducirse en el IRPF?
El límite máximo a deducirse en el IRPF por el Sr. A sería la menor de las siguientes cantidades:
- 10.000 euros.
- 30 por ciento de 30.000 = 9.000 euros.
Por tanto, 9.000 euros sería la deducción máxima a practicar por el señor A.
¿Cómo se recibe el dinero tras la jubilación?
Se puede recuperar el capital acumulado al plan de pensiones de tres formas distintas:
- En forma de capital. Todo de una vez, en una única cantidad.
- En forma de renta. Una cantidad periódica: mensual, trimestral, semestral o anual.
- En forma mixta. Una cantidad de una vez y el resto periódicamente.
Sólo se podrá rescatar el dinero antes del momento de la jubilación en caso de fallecimiento, paro de larga duración o enfermedad grave.
Cuando llegue la jubilación, el dinero aportado al plan ya ha ido tributando como renta de trabajo. Por ello, sólo habrá que pagar impuestos por las cantidades que nunca hayan cotizado por la declaración de la renta.
Consejos
- Realizar las aportaciones al plan de pensiones siempre que se tenga liquidez suficiente y no se necesite ese dinero a corto o medio plazo.
- Comparar bien las comisiones de gestión entre diferentes entidades antes de contratar un plan de pensiones.
- Analizar la rentabilidad. En caso de no estar satisfecho se puede cambiar a otra entidad.
- Acudir a un buen profesional para que aconseje sobre el plan más conveniente (planes garantizados, los de renta variable, los de renta variable mixta) dependiendo de la renta u otras variables (edad o riesgo que se quiera asumir, por ejemplo).
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