Ley contra el desperdicio de alimentos que obligará a la donación y aprovechamiento

“El alimento más caro es aquel que acaba en la basura”. Con esta rotundidad definió el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, el objetivo último de la primera Ley contra el desperdicio alimentario.

Y es que esta nueva normativa, fomentará las donaciones de alimentos y bebidas en perfecto estado de consumo; obligará a bares y restaurantes a proporcionar a sus clientes bolsas o cajas para las comidas no consumidas; y exigirá a las tiendas realizar promociones específicas sobre los productos cuya fecha de caducidad esté próxima a vencer o con un aspecto poco atractivo pero en buen estado.

Esas son las líneas maestras de la nueva ley, con la que se quiere conseguir una mayor seguridad alimentaria y beneficiar la economía circular, sostenible, baja en carbono, eficiente en el uso de recursos y competitiva, según sus artífices.

Según los datos que maneja el Ministerio, cada español  desperdicia anualmente 31 kilos de alimentos sin consumir, lo que en 2020 supuso un total de 1.300 millones de kilos. Unas cifras intolerables económica y medioambientalmente. Por ello, la nueva ley exige que todos los agentes que participan de un modo u otro en la cadena alimentaria deben contar con un plan de prevención para evitar el despilfarro. Y éste debe incluir una jerarquía de usos en la que la prioridad es la utilización en alimentación humana a través de donaciones a empresas sin ánimo de lucro o bancos de alimentos. Una exigencia que se aplicará tanto a instituciones como a centros sanitarios y educativos o residencias que ofrezcan catering o servicio de comedor. Y desde luego a los restaurantes privados.

Para llevar a cabo las donaciones pertinentes de alimento aprovechable, las industrias alimentarias, establecimientos comerciales y de hostelería y restauración deberán suscribir convenios con las organizaciones receptoras en los que se debe recoger específicamente aspectos como las condiciones de recogida, almacenamiento y transporte, y la selección de alimentos.

Todos los agentes implicados deben garantizar que los alimentos cedidos tienen vida útil suficiente para garantizar su almacenamiento e inmediata distribución, y los receptores deben garantizar su distribución y buenas condiciones de conservación durante la misma.

Transformación de productos

La ley también contempla la posibilidad comercial de darles una segunda vida a los alimentos no vendidos que podrían desperdiciarse. Esta sería mediante procesos de transformación en zumos, mermeladas o cremas, así como cualquier otro derivado.

Y los alimentos que ya no sean aptos para el alimento humano, deberán ser utilizados como subproductos para la alimentación animal o fabricación de piensos para la industria, para la obtención de compost de calidad para uso agrario, o para la obtención de biogás u otro tipo de combustible.

Productos rebajados

Cuando la fecha de consumo preferente haya vencido, en vez de desecharse los productos, si éstos aún son aprovechables, deberán presentarse al consumidor de forma separada y diferenciada del resto, con precios inferiores, o destinarse a la donación.

Igualmente, lo que hasta ahora era habitual, ahora será una obligación. Los bares y restaurantes deberán disponer de bolsas o cajas para llevar si los clientes solicitan las sobras para llevarse a casa.

Y la apariencia tampoco puede ser ya motivo suficiente para desechar un producto que aún sea aprovechable. Los comercios de más de 400 metros cuadrados deberán disponer de un espacio donde ofrecer determinados productos que, a pesar de estar en condiciones de consumo óptimo, no tengan una apariencia «perfecta».

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