Se está recuperando el mercado inmobiliario. Tras el desplome de los últimos años de depresión económica, se han reactivado las operaciones hipotecarias, la gente ha recuperado algo de su capacidad adquisitiva y los escaparates de las agencias inmobiliarias vuelven a ser algo más que peceras de sueños inalcanzables. Por eso conviene volver a plantearse cuales son las condiciones más favorables a la hora de solicitar una hipoteca en la actualidad: a interés fijo o variable.
Frente a los posibles préstamos hipotecarios, los bancos están ofreciendo la posibilidad de cerrar las operaciones a un tipo de interés fijo, pero significaría que en el futuro no podríamos mejorar el porcentaje de nuestro interés si los tipos bajaran, lo cual podría resultar muy frustrante. Pero hay que tener en cuenta que éstos también pueden subir, lo cual no nos afectaría si hemos firmado un fijo, cuya cuota mensual se mantendrá inalterable durante toda la vida del préstamo. ¿Cuál es entonces la opción más recomendable? Pues todo dependerá del riesgo que estemos dispuestos a correr. Pero veamos algunas cuestiones a tener en cuenta.
Plazos, porcentajes y comisiones
En lo referente a los plazos, las entidades financieras son reticentes a otorgar hipotecas a tipo fijo con un vencimiento superior a los 20 años, aunque pueden llegar a los 30 aplicando un tipo superior. Así pues, se vienen viendo hipotecas a un tipo de interés del 3,50% fijo si la hipoteca se contrata a 20 años, y al 3,95% si se contrata a 30 años. Debe tener en cuenta la duración que usted desee para el préstamo, ya que si puede asumir un plazo más corto, pagará menos intereses al final de la operación.
En los contratos generados a tipo variable la entidad financiera suele financiar porcentajes de hasta el 80% del valor de tasación, pero en las hipotecas a tipo fijo los bancos son algo más restrictivos. No suelen aceptar según qué nivel de riesgos y por tanto este porcentaje se reduce al 70 o 60% del valor de la propiedad que se desea adquirir, según el caso.
En las hipotecas a tipo fijo los bancos pueden (y suelen) aplicar una comisión denominada compensación por tipo de interés, que no se aplica en las de tipo variable. Esta compensación se aplica si se dan las siguientes circunstancias: la cancelación anticipada parcial o total del préstamo hipotecario, y si dicha cancelación se produce en un momento en el que los tipos de interés están más bajos que el tipo fijo aplicado por el banco, pues ello le genera una pérdida a la entidad bancaria.
Otra cuestión importante pero de difícil pronóstico es la de las cuotas mensuales de cada hipoteca, y por lo tanto lo que marcará el total pagado finalmente al vencimiento del préstamo. Ello dependerá de la evolución del Euribor en los próximos años, el cual se sumará siempre al tipo establecido en el contrato, ya sea fijo o variable.
De modo que toda prevención es poca a la hora de decidirse. Una casa es para siempre, pero a menudo la hipoteca también, así que conviene informarse y asegurarse bien de todo aquello que afecta e interviene en la firma de la operación.
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