Hacienda no da tregua. Seguimos inmersos en la lucha contra la COVID, con todo lo que ello significa social y económicamente, y ya debemos prepararnos para una nueva campaña de la renta, que se presume tan complicada como la del anterior ejercicio, dadas las limitaciones de la atención presencial a causa de la pandemia. La Agencia Tributaria ya ha publicado el calendario de este curso, y el miércoles 7 de abril se abrirá el plazo para presentar la declaración de renta y patrimonio. Permanecerá abierto hasta el próximo 30 de junio.
Aunque la opción presencial estará limitada por la situación socio-sanitaria del momento, las fechas para poder cumplir con Hacienda dependerán de la modalidad elegida, que también puede ser online o telefónica.
Fechas clave
La primera fecha del calendario fiscal es el 7 de abril, y este será el día en que podrán empezar a presentarse las declaraciones de la renta del ejercicio 2020 si se hace por internet. Para ello, será necesario el DNI electrónico, el certificado electrónico, la Cl@ve PIN o el número de referencia. Las personas físicas pueden utilizar el sistema de Cl@ve PIN y el número de referencia. El DNI electrónico o el certificado digital son válidos para todas las opciones, incluidos los representantes de persona jurídica o entidad sin personalidad jurídica.
El plazo para la declaración por vía telefónica empezará un mes más tarde, el 6 de mayo. Para poder hacer la declaración por la modalidad telefónica hay que solicitar cita previa. Ésta puede pedirse desde el 4 de mayo hasta el 29 de junio. Y debe hacerse por internet en la web de la Agencia Tributaria o por teléfono: 901 12 12 24, 91 535 73 26, 901 22 33 44 o 91 553 00 71.
Las declaraciones presenciales no podrán realizarse hasta el día 2 de junio. Para optar por este modelo también es necesario solicitar cita previa, y esto podrá hacerse a partir del 27 de mayo, tanto por internet como por teléfono (cualquiera de los anteriores).
El 30 de junio es la última fecha a considerar dentro de los plazos límites legales. Es el último día para poder presentar a tiempo la renta 2020. En caso contrario, la persona se puede exponer al pago de sanciones o multas.
En los casos en que el 30 de junio sea festividad autonómica o local, el vencimiento del plazo pasaría al primer día hábil siguiente al señalado en el calendario.
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