El salario mínimo interprofesional (SMI) es la cuantía mínima de remuneración que un empleador está obligado a pagar a sus asalariados por el trabajo que estos hayan efectuado durante un periodo determinado, según lo define la Organización Internacional del Trabajo. Un sueldo que el Gobierno, la patronal y los sindicatos han fijado en 950 euros mensuales en 14 pagas a partir del 1 de enero de 2020, y que se pagará retroactivamente cuando entre en vigor en los próximos meses.
El incremento ha sido de 50 € mensuales (un 5’56%) respecto al anterior salario mínimo, que era de 900€ desde que en enero de 2019 el Gobierno lo incrementara en un 22’3%, la mayor alza desde 1977. Hasta ese momento el SMI estaba fijado en 733€.
Dos millones de personas
Más de dos millones de trabajadores y trabajadoras se beneficiarán de esta medida en España, según cálculos del Ministerio de Trabajo. Una cifra que no tiene en cuenta a aquellos que trabajan a tiempo parcial, y que aún están pendientes de contabilizar.
El salario mínimo hace referencia a la remuneración de una jornada laboral completa. Un periodo que en España es la jornada legal máxima, establecida en el artículo 34.1 del Estatuto de los Trabajadores, cuya duración no podrá ser superior a las 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
Esta nueva medida ha pasado una audiencia pública obligatoria antes de ir al Consejo de Ministros, por lo que, previsiblemente, no se aprobará oficialmente hasta principios de febrero. Lo antes posible, en cualquier caso, ya que este calendario y el carácter retroactivo de la medida han incentivado la celeridad del acuerdo, pues la patronal ya manifestó durante la negociación que las empresas tendrían dificultades para compensar más de una nómina atrasada y, de hecho, ya les resultará problemático revisar el pago hecho a los temporales que solo trabajaron unos días en Navidad, por ejemplo. Cada mes que pasé complicará más las cosas a las empresas y a la contabilidad de las mismas.
Leave a Reply