Los autónomos son uno de los colectivos más afectados laboralmente por la crisis del coronavirus, y por ello el Gobierno ha tomado una serie de medidas para paliar el impacto económico sobre estos trabajadores y sus familias. Una de ellas ha sido incluirlos entre quienes pueden solicitar el bono social de electricidad y beneficiarse de las ventajosas condiciones económicas que ello implica. Veamos cuáles son los requisitos y los beneficios de esta medida.
El bono social de electricidad es un descuento en la factura eléctrica al cual pueden acogerse los consumidores más vulnerables de la sociedad, y que ahora podrá ser solicitado también por aquellos autónomos más afectados por la crisis del COVID 19, que serán considerados consumidores vulnerables y podrán acceder a un 25% de descuento en su factura eléctrica.
No serán todos, los autónomos que puedan acceder a estas ayudas. Los trabajadores que podrán solicitar el bono social son aquellos autónomos que hayan cesado su actividad a causa del coronavirus y cumplan los requisitos establecidos. Y también los que, a causa del COVID 19, hayan visto disminuir su facturación un 75% con respecto al semestre anterior.
Requisitos
Los requisitos para poder optar al bono social son tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual, y cumplir las condiciones personales, familiares y de renta que ha establecido el Gobierno.
Para poder acogerse al descuento, la renta del autónomo o la renta conjunta anual de la unidad familiar debe adaptarse a uno de estos tres niveles: ≤ 2,5 x IPREM de 14 pagas si no hay ningún menor en la unidad familiar: 18.799€/año; ≤ 3 x IPREM de 14 pagas en el caso de que haya 1 menor en la unidad familiar: 22.559€/año; o ≤ 3,5 x IPREM de 14 pagas en el caso de que haya 2 menores en la unidad familiar 26.318€/año.
El bono social eléctrico se solicita por teléfono, correo electrónico, correo ordinario, o fax directamente a alguna de las comercializadoras de referencia, quienes tienen la obligación de ofrecerlo y financiarlo. En este enlace pueden consultar cuáles son éstas y sus contactos.
La condición de consumidor vulnerable por causas vinculadas al COVID-19 se extinguirá cuando dejen de concurrir las circunstancias de actividad económica referidas, estando obligado el consumidor a comunicar este hecho al comercializador de referencia.
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