El TAE es uno de esos términos que conviven con nuestra rutina, con nuestra cotidianeidad, marcada siempre por nuestras obligaciones económicas inevitablemente ligadas a los bancos. Sin embargo, algunos de esos conceptos son grandes desconocidos pese a lo familiar que nos resulta su nombre.
¿Qué es el TAE? ¿Cómo se calcula? Pocos saben exactamente qué es, pero siempre asoma cuando acudimos a una entidad bancaria para informarnos de las condiciones de un préstamo personal o hipotecario. Y lo primero que debemos saber es que el nombre responde a unas siglas y que, de tan desconocido que es su significado, ni siquiera solemos acertar con el género, pues no es el TAE sino la TAE. Concretamente, la Tasa Anual Equivalente.
Según el Banco de España, la TAE es “un indicador que, en forma de tanto por ciento anual, revela el coste o rendimiento efectivo de un producto financiero, ya que incluye el interés y los gastos y comisiones bancarias”. Es decir, que a diferencia de los tipos de interés que ofrecen los bancos en sus operaciones, la TAE tiene en cuenta el coste total incluidos los márgenes de las entidades financieras.
Dicho de un modo más técnico y preciso, el cálculo de la TAE está basado en el tipo de interés compuesto y en la hipótesis de que los intereses obtenidos se vuelven a invertir al mismo tipo de interés. Y, ¿para qué sirve? Pues para poder comparar distintos productos u opciones de inversión, con independencia de sus condiciones particulares, ya que se utiliza para homogeneizar distintos tipos y condiciones de operaciones de crédito y depósito cuando hay diferentes períodos de liquidación, gastos, comisiones, etc. De hecho, el Banco de España obliga a todas las entidades a expresar sus productos, tanto de activo (ej.: préstamos) como de pasivo (ej.: depósitos), en términos de TAE.
Este tipo de interés debe figurar siempre en los enunciados de cualquier operación o producto financiero. Las entidades deben informar sobre la TAE tanto en la publicidad que hagan de sus productos, como en los contratos que formalicen con sus clientes, en las ofertas vinculantes que realicen o en los documentos de liquidación de operaciones activas y pasivas.
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