El dinero negro, o el blanqueo de capitales, es uno de los fraudes más perseguidos por la hacienda pública, y desde hace años se van incrementando y endureciendo las medidas para combatirlo. En este sentido, el Gobierno acaba de hacer públicas algunas de las nuevas medidas que aplicará en una inmediata modificación de la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo. Veamos cuáles son esas nuevas acciones legales previstas contra el dinero negro.
A pie de calle, una de las medidas más eficaces contra el blanqueo de dinero era la limitación de los pagos en metálico, que impedía hacer compras de gran valor en efectivo, lo cual permitía hacer aflorar y legalizar el dinero negro. Del mismo modo, hay un control férreo del efectivo que puede llevar encima un viajero, para evitar la evasión de capitales. Pero ahora, el Gobierno incorpora algunas novedades que afectan a nuevos colectivos, y no solo al ciudadano que intenta blanquear su dinero B. Y esa es una de las principales nuevas medidas, el incremento de colectivos afectados por la ley.
Así, se añaden como sujetos obligados a la aplicación de las medidas contra el blanqueo, aquellos que intermedien en alquileres con renta mensual superior a 10.000 euros, y también las plataformas de financiación participativa (crowdfunding).
Mecanismos de denuncia del dinero negro
Además, la nueva norma insta a desarrollar mecanismos para facilitar las denuncias sobre incumplimientos de la normativa de prevención de blanqueo. Para ello se establece que las entidades sujetas a la norma (bancos, aseguradoras, despachos de abogados, entre otros) deberán crear mecanismos de denuncia interna, mientras que el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales (Sepblac) contará con un sistema para recibir y canalizar denuncias.
Otra novedad importante es que se refuerzan los controles para personas con responsabilidad pública, afectando a las administraciones estatales, a las comunidades autónomas y entidades locales.
En cuanto a las sanciones, por el incumplimiento de la normativa de prevención las multas máximas pasan del 5% del patrimonio neto de la entidad al 10% del volumen de negocio consolidado del grupo.
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