El próximo 1 de enero de 2015 entrará en vigor definitivamente la reforma fiscal del actual Gobierno, que ya ha sido aprobada en el Congreso, y que tiene en la rebaja del IRPF la medida estrella de las modificaciones propuestas. Una disminución en el impuesto de la renta de personas físicas que afectará de manera esencial y muy positiva a los trabajadores autónomos, que se beneficiarán de algunos de los principales cambios, que deberán introducirse ya desde la primera factura del año próximo.
No obstante, hay que señalar que también se han introducido modificaciones sustanciales en el Impuesto sobre Sociedades y en el IVA. Cambios que trataremos más adelante en otros artículos.
Respecto al IRPF de los trabajadores por cuenta propia, el Gobierno rebajará las retenciones más de lo que inicialmente estaba previsto. Éstas bajarán del 21% al 19% en 2015 y al 18% en 2016, en vez de reducirse al 20% y al 19%, respectivamente, como preveía el proyecto en un principio. Así lo incluyo el Grupo Popular en una enmienda en el Senado.
Además, cabe recordar que existen tipos específicos para casos concretos. La retención de los profesionales con rendimiento inferior a 15.000€ anuales será del 15%, y del 9% para aquellos que inician su actividad.
En cualquier caso, y a partir de la entrada en vigor de la reforma, la factura de pymes y autónomos puede ser más alta en 2015, dado que se ha eliminado de los Presupuestos del año que viene la reducción del rendimiento neto en IRPF e Impuesto sobre Sociedades que disfrutaban desde 2009 si tenían ingresos inferiores a 5 millones de euros y menos de 25 trabajadores si mantenían empleo.
Por otro lado, se reducen también los tipos de retención de capital mobiliario (del 21% al 20%) y de los arrendamientos de locales comerciales en idénticos porcentajes. Y no son estos los únicos cambios, de modo que les recomendamos que consulten la Ley 26/2014 de la reforma fiscal publicada en el BOE o que acudan a sus asesores de confianza para saber a qué atenerse en la facturación del próximo ejercicio.
Leave a Reply