Cómo contratar el fotógrafo para bodas (I)

A la hora de contratar un fotógrafo para bodas lo primero que debemos saber es que, efectivamente y aunque parezca obvio, podemos elegir al profesional que queramos, sin que el mismo tenga que venir impuesto por terceros que nos ofrezcan otros servicios (el lugar de celebración de la boda, el restaurante etc…).

“El día más feliz de mi vida”. Bajo esa premisa se presentaba habitualmente la imagen del día de tu boda, cuando hablaban de ella terceros, las películas, padres, amigos… y por ese preciso motivo la pequeña montaña de detalles, productos y servicios que se han de contratar para tan señalado día suelen ir acompañados de inseguridad, prisas, y cierto halo de “necesidad de que todo salga perfecto” que nos e tienen en otro tipo de eventos u obligaciones de las que habitualmente nos ocupan.

Contratar al fotógrafo para bodas

Por esta razón es más importante que en ningún otro día tener muy presentes nuestros derechos, para defenderlos si algo no resulta como esperábamos, pero también para conocer hasta dónde exactamente podemos exigir a los profesionales que, normalmente con altísimas dosis de paciencia, lidian con novios, padres, amigos, padrinos, madrinas, niños, invitados y demás.

Como de aspectos relacionados con la restauración y hoteles ya nos hemos ocupado en este blog anteriormente (Restaurantes y Vuelos online), aquí simplemente recordaremos lo necesario de tener en cuenta las alergias de nuestros invitados, o sus necesidades especiales en cualquier sentido (alimentación, intolerancias, accesibilidad etc) y nos centraremos en temas que habitualmente no tratamos, que hay varios.

Hoy, para comenzar lo que será un hilo de posts, comenzaremos por el reportaje de boda: La elección del fotógrafo para bodas y el alcance de los servicios a contratar.

Como arrancábamos este primer post: El hecho de que queramos celebrar el matrimonio o el posterior convite en un determinado lugar (civil o eclesiástico) no implica que, necesariamente, tengamos que contratar a los terceros que nos impongan estos, llamémoslo, proveedores, ni los precios que decidan por nosotros.

A la hora de escoger el fotógrafo para bodas deberemos tener en cuenta, al menos, los siguientes aspectos:

Qué fotógrafo para bodas contratamos y quién hace realmente las fotos

El fotógrafo puede ser una persona física o jurídica, pero en ambos casos puede que estemos contratando un reportaje fotográfico porque el fotógrafo para bodas (o la fotógrafa) sean especialmente reconocidos en su trabajo. Es decir, no queremos que fotografie nuestra boda uno de sus colaboradores, sino alguien en particular con nombre y apellidos. Es habitual que determinadas firmas de fotografía tengan varios profesionales (incluso externos) entre los que decidan, según disponibilidad, quién va a la boda. Si no queremos que el azar, o el dueño de la empresa de fotografía, elijan por nosotros, deberá quedar reflejado quién será el que realizará las fotos (o quienes, si son varios) y quienes sus sustitutos en caso de indisponibilidad por enfermedad o similar.

Además, es importante saber si serán uno o varios, ya que en ocasiones será preciso más de un profesional dependiendo de los servicios contratados.

Bodas, prebodas, postbodas…

El día de la boda, es, en ocasiones, más de un día. Existen “prebodas” (reportajes unos días antes), postbodas (un tiempo después), que consisten en reportajes añadidos al del día de la boda (estrictamente hablando) para usar otras localizaciones, ropa, etc… que serían inviables si se tratara de hacer todo en el mismo día.

Además, el fotógrafo para bodas puede incluir en el reportaje desde la casa del novio o la novia (vistiéndose) hasta la ceremonia, el banquete, el baile… con determinadas horas límite.

Es importante que esta delimitación temporal quede clara, y en base a eventos y no a horas. Es decir, si la comida se retrasa media hora, o el corte de tarta o similar, el servicio de fotografía deberá adaptarse y no irse, para evitar que nos quedemos sin recuerdo de esos momentos en particular.

Producto

Una vez elegido el tipo de reportaje y su duración, deberemos fijar claramente el tipo de producto a entregar. Aquí las opciones son múltiples, pero debemos cuidar el tipo de álbum (analógico o digital), las encuadernaciones, número de fotos, tamaños, color, tratamiento y postratamiento (photoshop y similares), video montajes musicales, photocall, fotomatón, impresiones de fotografías instantáneas para invitados y su precio etc…

Además, es importante saber si el fotógrafo para bodas que hemos contratado nos entregará el bruto, es decir, todas las fotografías no utilizadas para el álbum pero que se sacaron en el reportaje, por si queremos guardarlas (en un DVD por ejemplo) y en qué calidad, o si van a estar disponibles para su descarga online (por ejemplo en la web del fotógrafo, con una contraseña).

Detalles

En “detalles” podemos incluir todo aquello que se nos ocurra. SI ponemos atención en que sea una boda de etiqueta, por ejemplo, puede que resulte indicado que los encargados de la fotografía no aparezcan en vaqueros o en chándal, y se comprometan a vestimenta formal (o incluso en traje). Del mismo modo, deberemos indicar al fotógrafo para bodas otros aspectos importantes para nosotros: Si queremos que nos acompañe en el coche etc…

Derechos

Una pregunta habitual respecto a las fotografías de boda es “¿pero de quién son?”. Aunque la respuesta rápida pareciera ser, “de los novios, de quién van a ser si las han pagado ellos”, el hecho es que los titulares de derechos de propiedad intelectual de las fotografías son sus autores, los fotógrafos, y salvo que se especifique algo al respecto, los derechos de explotación serán también de ellos. Esto implica que no podremos hacer más copias de las contratadas sin su permiso, ni publicarlas o modificarlas si no tenemos la bendición del fotógrafo para bodas contratado.

Sin embargo, el hecho de ser autores tampoco les posibilita para publicar ellos las fotografías, utilizarlas para publicitar sus servicios o ponerlas en el escaparate de su tienda. Aquí entran en juego nuestros derechos de imagen, al salir en las fotografías, que, si no se han cedido impedirán estos usos.

Lo mejor en estos casos es que se refleje en el contrato para qué fines ceden los fotógrafos para bodas sus derechos, y también si los novios (y los invitados) autorizan el uso de su imagen en sentido contrario.

El contrato

Dejamos para el final lo más importante… a la espera de que hayamos llegado leyendo hasta aquí… o de que al menos la negrita del final sea lo bastante llamativa. Resulta importantísimo tener constancia escrita de todo lo que hemos venido resumiendo hasta el momento. Lo mejor, que sea mediante un contrato, pero sino, al menos, que conste una propuesta en firme y por escrito que hayamos aceptado y donde vengan recogidos los detalles más importantes: precios (con y sin IVA), servicios, productos, forma de facturación y pago …

Como siempre, en caso de que tengamos algo que reclamar al fotógrafo para bodas contratado será mucho más fácil si tenemos un soporte escrito. Del mismo modo que el álbum de la boda es la mejor manera de recordar los detalles del vestido… el contrato o la propuesta servirán para que quede completamente claro lo contratado, y que tengamos que preocuparnos de una cosa menos (que bastante tenemos con la mesa de los primos y las parejas que no se hablan y hay que sentar lejos…)

¡Continuará!

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