¿Puede el banco exigirme un medio concreto de cobro de una herencia?

Cobrar una herencia no es un trámite tan sencillo como pueda parecer. La muerte de un pariente que nos declara herederos de sus bienes supone hacer toda una serie de gestiones para poder recibirlos, pero una vez se cumplen las condiciones legales somos nosotros, y no el banco, quien decide como cobrar el dinero a recibir.

Lo primero que deberá hacer el heredero es acreditar su condición legal ante el banco por medio de una serie de documentos, que les facilitará el notario o albacea del testamento a las personas beneficiadas. También deberá gestionar el pago de impuestos correspondiente.

No existe un procedimiento legal concreto que establezca cómo debe el banco poner a disposición los saldos provenientes de una herencia. Ahora bien, una vez quede acreditada la condición de heredero, la entidad financiera debe ofrecer un medio gratuito para la entrega de este dinero. Otra cosa es que el beneficiario del dinero a heredar solicite una transferencia bancaria a una cuenta designada por los mismos, o incluso un cheque bancario por el total del importe a recibir. En estos casos, por tratarse de servicios adicionales, el banco sí estaría en su derecho de cobrar una comisión por parte de la entidad, ya que nada le obliga a hacerlo de ese modo. Eso sí, el banco tiene la obligación de ofrecer alternativas gratuitas de entrega de la herencia.

Comisiones

En cualquier caso, la entidad bancaria nunca podrá imponer un medio determinado, como, por ejemplo, la obligación de abrir una cuenta bancaria en la entidad para poder traspasar el dinero del legado a la misma. Entre otras cosas porque para abrir una cuenta se necesita el consentimiento de ambas partes, tanto de la entidad como del cliente, por lo que no puede exigirse tal operación. Incluso si el banco ofrece la apertura de una cuenta corriente sin coste alguno, el beneficiario puede rechazarlo.

En resumen, la herencia puede recibirse incluso en efectivo, y el banco debe hacer efectiva la entrega del legado de manera gratuita. No obstante, si el cliente exige algún modo que implique un servicio adicional, el banco podrá cobrar comisiones por él.

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