Principales novedades en la normativa de la Dirección General de Tráfico para 2021

La Dirección General de Tráfico (DGT) modificará la legislación en materia de tráfico y circulación a partir del mes de enero de 2021, y lo hará con el objetivo de que la nueva normativa permita rebajar en un 50 % los fallecidos y heridos graves durante la próxima década. Para ello se introducirán cambios substanciales que afectarán a los límites de velocidad, al endurecimiento de las sanciones y a la regulación de Vehículos de Movilidad Personal. Sobre todo los patines eléctricos.

Una de las novedades tiene que ver con la actualización del sistema del carnet por puntos, que se implantó hace 14 años, y que ahora se modificará para endurecer la retirada de los mismos en según qué infracciones. Por ejemplo, usar el móvil mientras se conduce se sancionará con mayor dureza. En la actualidad dicha infracción conlleva la retirada de 3 puntos del carnet; cuando entre en vigor el nuevo reglamento, se detraerán el doble de puntos, es decir, seis.

También se endurecerá el castigo si se circula con el casco colocado inadecuadamente, o sin cinturón de seguridad o el sistema de retención infantil mal instalado. Se retirarán cuatro puntos por estos motivos. Tres hasta el momento.

Ya no podremos llevar instalado en nuestro vehículo un dispositivo de detección de radares. Cuando entre en vigor el cambio legislativo las infracciones saldrán caras. Se sancionará con 500 euros y la pérdida de tres puntos llevar el detector instalado, por ejemplo.

Hasta el momento, en las carreteras convencionales, en el momento de adelantar a otro vehículo, los turismos y motocicletas podían rebasar en 20 km/h el límite de velocidad de la vía. La reforma del código elimina dicha opción.

También se abordará en la modificación de la normativa el tema de la reducción de velocidad en las zonas urbanas. Se limitará a 20 km/h el máximo permitido en aquellas calles con una plataforma única de calzada y acera, mientras que en las vías con un único carril por sentido se permite circular hasta 30 km/h. Aunque los ayuntamientos podrán permitir hasta los 50 km/h según la vía. Las de dos o más carriles por sentido mantienen los 50 km/h.

Patinetes

Cada vez son más numerosos los patinetes eléctricos que circulan por nuestras ciudades. La DGT establecerá las pautas generales para regular su circulación.

En primer lugar, el código ha establecido la definición de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), que son “vehículos de una o más ruedas “dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos” con una velocidad máxima de 6 a 25 km/h”. Unos vehículos que el próximo año, para poder ser utilizados por la vía pública, deberán tener un certificado de circulación. La obligatoriedad de tener este documento será de aplicación a los veinticuatro meses de la publicación del manual de características de los vehículos de movilidad personal en el BOE.

Estos vehículos (patinetes también) tendrán prohibida su circulación por las aceras y por las zonas peatonales. Tampoco podrán circular por túneles urbanos ni travesías, vías interurbanas, autopistas ni autovías.

La reforma del Reglamento de Circulación entrará en vigor el día 2 de enero de 2021. Aunque hay que tener en cuenta que el apartado de las velocidades permitidas en zonas urbanas, no estará vigente hasta los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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