¿Es obligatorio incluir el NIF en las facturas?
Emitir facturas no es algo que tenga que hacer todo el mundo en su rutina económica. Ni personal ni profesional. Y sin embargo, todos disponemos de un NIF, que es el elemento imprescindible para emitir facturas. Eso sí, todos hemos tenido alguna vez una factura en la mano, aunque sea para pagarla. Así que vamos a saber algo más de ellas.
¿Es obligatorio poner el NIF en las facturas?
El NIF es un elemento necesario, que debe incluirse siempre en el documento a la hora de emitir facturas. Es obligatorio. Sin ese identificador la factura no es un documento oficial correcto, ya que el NIF es el número de identificación fiscal de la empresa o de la persona jurídica que la emite.
¿Quién debe incluir el NIF en la factura?
Las facturas son los documentos en los cuales se detallan con su precio los artículos vendidos o los servicios realizados y que se entrega al cliente para exigir su pago. Y en ella se reflejan también las obligaciones fiscales de la transacción económica.
Cualquier ciudadano, ya sea como persona física o jurídica, o trabajador autónomo, es decir, trabajador por cuenta propia, dispone de un NIF y puede emitir una factura para formalizar una operación económica.
NIF y CIF: diferencias
Conviene diferenciar entre NIF i CIF, aunque sus funciones son muy parecidas.
El NIF es el número de identificación fiscal de una persona jurídica o de un autónomo, y su función es la misma que el DNI para cualquier ciudadano. Es su identificación personal e intransferible. En el caso del NIF, el identificador para Hacienda. Con idéntica función, este identificador se llama CIF para las empresas. Y ambos son válidos para emitir facturas legales.
Cada empresa tiene un solo CIF y este no varía nunca. Podría decirse que es el DNI de la sociedad empresarial.
El CIF es una cifra de ocho dígitos con una letra delante, y cada empresa tiene el suyo. Este es el código que las empresas deben hacer constar al emitir facturas. Sin el CIF la factura no es válida y no puede identificarse a la empresa que la ha emitido. Su función es exactamente la misma que la del NIF para emitir facturas las personas físicas.
Aunque inicialmente el NIF consistió en añadirle una letra al número del DNI de la persona identificada con el mismo, hoy en día en la práctica el Documento Nacional de Identidad y el Número de Identificación Fiscal son idénticos, pues el DNI también incluye la letra.
El NIF habilita fiscalmente para facturar tanto a una persona física como a un autónomo, pero la Agencia Tributaria les marca unas diferencias en cuanto a los valores fiscales que deberán reflejar en las facturas.
Cómo hacer una factura: requisitos y pasos
Las facturas deben contar con una serie de datos imprescindibles para ser un documento legal válido.
Al hacer una factura debemos hacer figurar el número de factura, la fecha de expedición y los datos tanto del vendedor (nosotros si vendemos o prestamos un servicio) como del comprador (nosotros si somos el cliente): denominación social o nuestro nombre y apellidos, el NIF y el domicilio fiscal de cada uno.
También debe constar como concepto una descripción de la operación (ya sea venta o servicio prestado), el tipo impositivo del IVA que corresponda, o la exención del mismo, la retención del IRPF, cuando proceda, el precio (base imponible) y, por supuesto, el importe total de la operación una vez aplicados todas las retenciones o los porcentajes impositivos.
Hay que diferenciar factura de ticket, ya que en este no aparecen todos estos datos de información fiscal. Son un simple recibo.
En este sentido, el autónomo deberá incluir el porcentaje de IVA que le corresponda a su actividad, ya que tiene la obligación de tributar. Sin embargo, si el documento ha sido hecho por una persona física, que necesita emitir facturas de forma esporádica por algún servicio puntual, y no supera una cierta cantidad anual de ingresos, puede facturar solo con la retención del IRPF (-15%).
Conclusión
El NIF es el número de identificación fiscal de las personas físicas, y con él pueden emitirse facturas legales igual que lo hace una empresa con el CIF. Es un dato obligatorio para darle validez legal al documento.