Jubilación activa: requisitos, cuánto puedes cobrar y quién puede solicitarla
¿Es posible seguir trabajando después de jubilarse y cobrar al mismo tiempo la pensión? Sí, aunque no en todos los casos. La jubilación activa permite compatibilizar ambas situaciones siempre que se cumplan determinados requisitos. Te explicamos quién puede acceder, cuánto puede cobrar y en qué se diferencia de otras modalidades de jubilación.
¿Qué es la jubilación activa?
La jubilación activa es una opción laboral legal que permite compatibilizar el cobro de la pensión de jubilación con un trabajo en el sector privado, ya sea por cuenta propia o ajena, y a tiempo parcial o completo. Siempre que se cumplan, eso sí, una serie de requisitos. Veamos cuáles.
Requisitos: quién puede acceder
Para poder acceder a la jubilación activa el trabajador debe cumplir unos requisitos exigidos por ley. El primero de los cuales es que debe haber pasado al menos un año desde que cumpliera la edad ordinaria de jubilación, y haber cotizado al menos durante 15 años.
El trabajo que se realice debe ser siempre en el sector privado. Ya sea por cuenta ajena o como autónomo.
Un trabajador que se haya beneficiado de bonificaciones o anticipaciones en su edad de jubilación, no podrá solicitar la jubilación activa.
Cuál es la cuantía de la pensión
No todos los pensionistas en situación de jubilación activa cobran lo mismo. Percibirán un porcentaje de la pensión ordinaria que oscila entre el 45% y el 100%, dependiendo de los años que hayan demorado la jubilación tras cumplir la edad legal.
Así, si la demora ha sido de un año, se cobrará el 45% de la pensión. De dos años, el 55%. Si han sido tres años, el 65%. En caso de haberse demorado cuatro años, el porcentaje a cobrar será del 80% de la pensión. Y a partir del quinto año de demora se pasará a cobrar de manera íntegra la pensión de jubilación.
Cambios recientes en la cuantía
Los trabajadores en situación de jubilación activa son pensionistas a todos los efectos, aunque sujetos a unas condiciones especiales que afectan a la cuantía que perciben como pensión. De hecho, hasta 2024 era un importe fijo que consistía en el 50% de la pensión.
En el RDL 11/2024 se establecieron los porcentajes según los años de demora de la jubilación de cada individuo una vez cumplida la edad legal.
Se pueden beneficiar los autónomos de la jubilación activa
Los trabajadores por cuenta propia, es decir, los autónomos, también pueden beneficiarse de la jubilación activa.
De hecho, podrán acceder hasta el 100% de la pensión si acreditan tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena.
¿Qué diferencias hay entre jubilación activa, parcial y flexible?
Hay diferentes modalidades de abordar la jubilación y percibir la retribución del pensionista. Entre ellas la jubilación activa, la parcial y la flexible. Y la principal diferencia entre ellas radica en el momento en el que se solicitan y en cómo se compaginan el trabajo y la pensión. La activa y la parcial se inician al llegar o acercarse a la edad de retiro, mientras que la flexible se solicita una vez que ya se está jubilado. Ninguna de ellas se corresponde con la denominada jubilación anticipada.
Jubilación activa
Esta opción se puede solicitar al alcanzar la edad legal ordinaria de jubilación, habiendo cotizado lo necesario para el 100% de la base reguladora. Y permite seguir trabajando a jornada completa o parcial cobrando simultáneamente un sueldo y un porcentaje de la pensión.
Jubilación parcial
La jubilación parcial se solicita antes de llegar a la edad ordinaria de jubilación, permitiendo un retiro escalonado. Así, el trabajador reduce su jornada laboral de manera simultánea a la percepción de una parte proporcional de su pensión.
Jubilación flexible
La jubilación flexible está dirigida a personas que ya son pensionistas, pero que deciden reincorporarse al mercado laboral con un contrato a tiempo parcial. En estos casos, la compatibilidad exige una reducción de la jornada de entre el 25% y el 50% respecto a un trabajo ordinario, y la pensión se reduce de forma proporcional al nuevo salario percibido.
¿Cómo solicitar la jubilación activa?
La jubilación activa hay que solicitarla en la Seguridad Social, ya sea a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o presencialmente en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). Aportando la solicitud y la documentación.
Habrá que rellenar la solicitud, entregar un documento de conformidad de la empresa contratante, y toda la documentación laboral del demandante.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar el 100 % de la pensión?
Sí se puede cobrar el 100 % de la pensión con la jubilación activa, pero solo si se cumple con las condiciones exigidas relacionadas con el tipo de actividad y con los años de demora o contratación.
¿Los autónomos tienen normas diferentes?
Los trabajadores autónomos tienen algunas normas específicas dentro de la jubilación activa, las cuales les diferencian en ciertos aspectos de los trabajadores por cuenta ajena. Por ejemplo que, a diferencia que en el régimen general, el autónomo mantiene su alta directa como trabajador independiente en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomo).
¿Se cotiza durante la jubilación activa?
Un trabajador en situación de jubilación activa sigue cotizando, pero de forma reducida. Sigue cotizándose por bajas médicas, de accidentes o enfermedades profesionales, pero no para generar más derechos de jubilación ordinaria, pues la pensión ya está reconocida.
¿Puedo volver a trabajar después de jubilarme?
Los jubilados pueden volver a trabajar bajo unas condiciones concretas establecidas por la Seguridad Social. Son las modalidades conocidas como jubilación activa y jubilación flexible.
Ideas clave a recordar
* En España puede compatibilizarse el cobro de la pensión con un trabajo remunerado en el sector privado.
* La jubilación activa consiste en percibir un porcentaje de la pensión y el salario de un empleo en la empresa privada.
* La jubilación activa puede ser solicitada tanto por trabajadores por cuenta ajena como por autónomos.
