Al firmar la hipoteca de la compra de un inmueble conviene leerse al detalle el documento firmado. Esto parece de Perogrullo, pero pocos lo hacen y luego pasa lo que pasa. Y le ha pasado a muchísima gente. Nos encontramos con una cláusula suelo en nuestro contrato de hipoteca que nos impide pagar menos aunque baje el Euribor, que es el índice de referencia en la mayoría de los casos (97%) en España. Pues eso y no otra cosa es la cláusula suelo. Un epígrafe que puede incluir el banco en la hipoteca a la hora de su firma y que establece el tipo de interés mínimo que el cliente pagará aunque el Euribor esté por debajo.
Así por ejemplo, en los últimos años el Euribor llegó a caer hasta el 0,50%, pero las cláusulas suelo medias estaban en el 3,12%, por lo que el ciudadano afectado continuó pagando ese tipo a pesar de que el Euribor estaba en su nivel más bajo. Es decir, dicha cláusula no permite al deudor beneficiarse de la bajada de ese índice.
Un hecho que el Tribunal Supremo consideró abusivo en una sentencia del pasado año 2013, a instancias de un recurso de la asociación de usuarios Ausbanc, lo cual obligó a varios bancos a retirar la cláusula de las hipotecas en los casos en los que el banco no había informado clara y expresamente al cliente de su existencia en el contrato.
Dicha sentencia no ha ilegalizado la cláusula suelo, sino que obliga a los bancos que quieran incluirla en las hipotecas a informar de forma comprensiva y transparente al cliente de su existencia. Además vela para que éstas no sean abusivas en ningún caso. La sentencia tampoco obliga a los bancos a devolver las cantidades ya cobradas por ese concepto. Es decir, no es una medida con carácter retroactivo.
Cabe decir que del mismo modo que se controla la bajada del Euribor, también existe la cláusula techo, que fijaría el interés máximo que pagaría el cliente en el caso que el índice Euribor se disparase al alza.
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