Nuevas reducciones en las retenciones del IRPF
El pasado 10 de julio el Consejo de Ministros, en plena convulsión socio-económica tras los resultados de las pasadas elecciones autonómicas, aprobó una serie de «medidas urgentes» que afectarán a buena parte del tejido laboral, y que deberán aplicarse en las actividades de un elevado porcentaje de profesionales de distintos sectores. Entre dichas medidas destaca la reducción de ciertas retenciones del IRPF que se aplican ya desde el 12 de julio de 2015, apenas dos días después de su aprobación y entrada en vigor.
Tal vez las novedades más importantes sean las que destacamos a continuación:
- Actividades Profesionales: 15% (aunque durante los tres primeros años de actividad es del 7%)
- Arrendamiento locales: 19,5%
- Intereses, dividendos, etc: 19,5%
- Cursos, talleres, conferencias: 15%
- Elaboración de obras literarias: 15%
No obstante, adjuntamos también un cuadro resumen, informativo y comparativo, de las diferentes retenciones que deben aplicarse a partir de ahora en función de las actividades profesionales desarrolladas.
Destacados los cambios más significativos, que pueden consultarse cómodamente agrandando la imagen al hacer clic sobre ella.
También se ha modificado la tarifa de Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas aplicable a los rendimientos del trabajo según la siguiente escala:
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Base Imponible general | Hasta junio 2015 | Desde julio 2015 | 2016 |
---|---|---|---|
Hasta 12.450 | 20% | 19’5% | 19% |
12.450 – 20.200 | 25% | 24’5% | 24% |
20.200 – 34.000 | 31% | 30’50% | 30% |
34.000/35.200-60.000 | 39% | 38% | 37% |
A partir de 60.000 | 47% | 46% | 45% |
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Esta es la segunda vez que el Gobierno introduce cambios en las retenciones del IRPF este año.