¿Cómo solicitar la prestación por desempleo?

Si usted acaba de perder el trabajo está en su derecho de solicitar la prestación por desempleo. Es decir, de «cobrar el paro», que el Gobierno le pagará hasta que encuentre un nuevo empleo remunerado. No obstante, para acceder a dicha prestación hay que realizar una serie de trámites previos y se han de cumplir ciertas condiciones. Veamos cuales son.

Lo primero que hay que hacer, y debe realizarse además en los quince primeros días hábiles a la pérdida del empleo, es darse de alta como demandante de empleo y solicitar la prestación. Dos trámites que deben realizarse por ese orden en la oficina de servicio público de empleo (INEM) que le corresponda en su ciudad. Sin demandar empleo no puede reclamarse las prestación a la que se tiene derecho como trabajador.

Para darse de alta como demandante de empleo es obligatorio personarse en la oficina del INEM. En cambio, el parado puede solicitar a través de Internet el reconocimiento de la prestación y el cobro de la prestación.

En la oficina del INEM a la que acudamos deberemos presentar toda una documentación personal y laboral necesaria para darnos de alta y poner en marcha el proceso de la prestación.

Cómo solicitar la prestación por desempleo

Documentación necesaria

El primer documento identificativo que debemos presentar siempre en cualquier trámite realizado en la administración pública es el DNI, o el pasaporte o tarjeta de residencia si se trata de un ciudadano extranjero.

A continuación deberemos aportar:

  1. Certificados de empresa de aquellas en las que se haya trabajado, y por lo tanto cotizado, en los últimos seis meses
  2. Impreso de la prestación
  3. Datos de domiciliación bancaria para poder cobrar vía transferencia
  4. Declaración de los hijos a su cargo
  5. Autorización para la oficina de empleo, para que pueda recabar datos de rentas e información fiscal a Hacienda

Condiciones para solicitar la prestación por desempleo

La prestación de desempleo es un derecho consolidado que adquieren determinados trabajadores, siempre y cuando se den una serie de condiciones. La primera de ellas es estar dado de alta en la Seguridad Social en cualquier régimen que tenga cotizaciones por desempleo. Se excluyen los autónomos, por ejemplo. Además, el solicitante debe haber cotizado como mínimo 360 días en los últimos seis años naturales en uno de estos regímenes laborales.

Otro requisito es haber finalizado la relación laboral mediante situación que origine el derecho al desempleo. No se puede, por ejemplo, abandonar un trabajo voluntariamente y pretender que el Estado le retribuya el paro.

Las circunstancias adecuadas para que la prestación sea concedida deben ser de despido, de finalización de contrato a instancias de la empresa, de expediente de regulación de empleo o de reducción de jornada en más de un tercio de la duración pactada inicialmente.

Por último, el beneficiario de la prestación no puede estar en edad de jubilación.

Al solicitar la prestación por desempleo, el desempleado suscribirá un compromiso de actividad. Un documento que implica que el solicitante se compromete a buscar trabajo de forma activa durante sus meses de cobro por desempleo, a aceptar una oferta de empleo adecuada cuando le sea propuesta y a participar en las acciones que los servicios públicos de empleo le ofrezcan para formarse, reciclarse o reducir su tiempo de estancia en el desempleo. Rechazar o vulnerar alguna de estas posibilidades podría suponer la suspensión del cobro de la prestación.

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