¿Cómo cobrar por anticipado las deducciones tributarias de familias numerosas?

La muy comentada y esperada reforma fiscal del Gobierno de España entró en vigor con el nuevo año y algunas de sus novedades son magníficas noticias para los colectivos que de ellas pueden beneficiarse. Tal es el caso, por ejemplo, de las familias numerosas y/o con personas con discapacidad a su cargo, cuyas nuevas deducciones tributarias podrán ser cobradas de manera anticipada.

La solicitud del pago anticipado se realizará mediante la presentación de un nuevo modelo, el 143, por cada una de las deducciones, que serán acumulables entre sí. Los beneficiarios tendrán derecho a 100 euros mensuales por familia numerosa y por cada descendiente y ascendiente con discapacidad. Deducciones que alcanzarán los 200 euros mensuales en el caso de familias numerosas de categoría especial. Así, éstas podrán llegar a los 1.200 euros anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad y por familia numerosa, y a los 2.400 euros en los casos de unidad familiar de nivel especial.

Cobro anticipado de las deducciones de las familias numerosas

El procedimiento para la solicitud del pago anticipado será el siguiente. Una vez cumplimentado el modelo de solicitud se podrá presentar por internet en la web de la Agencia Tributaria. Y a partir del 3 de febrero, la solicitud se podrá presentar también en cualquier oficina de la Agencia Tributaria. Eso sí, previa cumplimentación en la web de la Agencia, impresión y firma por parte de todos los solicitantes.

Las deducciones se incluirán en la declaración anual de IRPF del 2015 de cada contribuyente, a presentar en 2016, y dónde se regularizarán las cantidades que se hubieran percibido  como abono anticipado.

Tres son los documentos a presentar según que contempla la ley para poder solicitar el abono anticipado de las deducciones: el título de familia numerosa y/o certificado de discapacidad del o los miembros pertenecientes a la misma; el alta en la Seguridad Social o mutualidad y plazos mínimos de cotización de quien figura como primer solicitante; y el Número de Identificación Fiscal (NIF) de todos los solicitantes, así como de los descendientes y ascendientes con discapacidad. En los casos en que haya un menor de 14 años que no tenga NIF, podrá pedirse uno de menores con la letra ‘K’ en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Cuando existan varios beneficiarios de una misma deducción, el abono anticipado se solicitará de manera colectiva o individual. Un modelo que se podrá modificar para las distintas deducciones en enero de cada año.

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