La normativa SEPA aplazada hasta el 1 de Agosto

Aunque el formato del SEPA es obligatorio desde el 1 de febrero, durante siete meses más (hasta el 1 de Agosto de 2014) se admitirán transferencias y domiciliaciones en los antiguos formatos nacionales para llevar a cabo las transacciones comerciales.

El establecimiento de una zona única de pagos tiene como objetivo que cualquier persona, empresa u otro agente económico pueda efectuar y recibir pagos en euros en cualquier país miembro con las mismas condiciones y con los mismos derechos y obligaciones, independientemente del lugar en el que se encuentre.

El riesgo de bloqueos de pagos entre empresas y consumidores era alto. Motivo por el cual el porcentaje de transacciones que se estaban realizando conforme a la nueva normativa era bajo. Un indicador que hacía temer lo peor en materia de comercio internacional, ya que las empresas no habían terminado las adaptaciones necesarias.

Domestica tu Economía - Sepa qué es SEPA

 

Entre las novedades más importantes que se implantan con la normativa SEPA, tal y como ya explicamos en Domesticatueconomia con una completa infografía, se encuentran las siguientes:
Las cuentas bancarias pasan a tener 24 dígitos, incluyendo el código IBAN en el número de cuenta habitual.
Se introduce un nuevo sistema de pagos domiciliados (el B2B), que impide la devolución de recibos, salvo que no haya fondos en la cuenta. Eso no se aplica a particulares.
Aparece el concepto del Mandato. La importancia del mandato reside en que si no se disponía de él en un formato válido a partir del día 1 de febrero de 2014, este podía ser motivo de devolución de los recibos hasta 13 meses después por parte de los deudores. El mandato u orden de domiciliación es el medio por el que el deudor autoriza al acreedor a ejecutar el cobro mediante el cargo en su cuenta. Por lo tanto, permite que la entidad del deudor cargue en su cuenta los adeudos (recibos) presentados al cobro por la entidad bancaria del acreedor.

 

El mandato deberá contener la llamada Referencia única. Esta referencia asigna un acreedor a cada mandato para identificar los adeudos asociados a un mandato concreto, permite identificar cada orden de domiciliación o mandato firmado por el deudor y debe ser única para cada uno de los mandatos. La referencia única consiste en un código alfanumérico de 35 posiciones.

 

En cualquier caso, y dada la prórroga aprobada, hasta el 1 de agosto podemos usar ambos sistemas, el que estaba en vigor hasta ahora y el nuevo. Un plazo que, tal y como recomiendan los expertos en asesoría de empresas, todas las sociedades deberían aprovechar para comprobar que su adaptación es correcta y los sistemas funcionan sin problemas.

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