La compra de una propiedad inmobiliaria es una decisión muy importante para nuestra economía, y también lo es el alquiler, pues todos tenemos el derecho a una vivienda digna, y tanto en un caso como en el otro existen importantes ayudas púbicas que nos pueden ser de gran utilidad. Veamos cuales.
Las ayudas oficiales están diseñadas para beneficiar a quienes tienen dificultades para la adquisición de un inmueble o para su alquiler, pues sus rentas son bajas y sus posibilidades económicas limitadas. Nada tienen que ver con los posibles créditos hipotecarios que conceden los bancos para la compra de propiedades.
Las ayudas o subvenciones que detallaremos a continuación son las que articula el estado para facilitar a las personas su derecho a disfrutar de una vivienda adecuada y en condiciones.
Viviendas de Protección Oficial
Las Viviendas de Protección Oficial (VPO) se venden a un precio máximo fijado por la Administración, por debajo del precio de mercado para casas similares de promoción libre. Además, ofrecen otras ventajas como reducciones del IVA, así como bonificaciones en aranceles y honorarios de notarios y registradores.
Se destinan a jóvenes que acceden por primera vez a una vivienda, familias numerosas con ingresos bajos y unidades familiares en general que no superan ciertos límites de renta. La renta máxima para el acceso a una VPO es de 5,5 veces el salario mínimo, y la superficie útil máxima de las viviendas protegidas suele ser de 90 m2, y de 120 m2 para familias numerosas.
Conviene que consultemos en nuestra comunidad autónoma qué tipo de vivienda pública ofrece y las condiciones particulares para su acceso. Además, los ayuntamientos de las grandes ciudades también lanzan promociones públicas siguiendo las pautas de la comunidad a la que pertenecen.
Ayudas para el alquiler
La condición general para obtener las subvenciones es que la vivienda arrendada se utilice como residencia habitual. Dado este requisito, los beneficiarios se corresponderían a diferentes segmentos o colectivos sociales. Veamos cuáles.
Menores de 35 años cuyos ingresos anuales no superen la cantidad resultante de multiplicar por tres el IPREM. Si se trata de una familia numerosa, se multiplica por cuatro el IPREM. El precio del alquiler no puede superar los 600 euros mensuales, aunque en algunas zonas de alta demanda, con precios más caros (Madrid y Barcelona sobre todo), podría llegar hasta los 900 euros mensuales. El límite de la ayuda será el 50% de la renta mensual, excepto si viven en las zonas de alta demanda y su alquiler llega hasta los 900 euros, ya que entonces el límite se reduce al 30%.
También pueden beneficiarse de las ayudas los mayores de 65 años que cumplan los mismos requisitos anteriores y, además, que su patrimonio no supere los 100.000 euros. La cuantía de las ayudas también es la misma que las de los menores de 35 años. Y a quienes tengan entre 35 y 65 años, se les exigen las mismas condiciones que a los menores de 35, pero se reduce el límite de las ayudas al 40% de la renta mensual del alquiler.
Aquellas personas que se hayan visto afectadas por un desahucio y alquilen una vivienda con un precio máximo mensual de 400 euros pueden acceder a ayudas de hasta 400 euros, por tanto, llegan a ser del 100% de la renta.
Este tipo de ayudas son gestionadas por las comunidades autónomas, Ceuta y Melilla, y, por tanto, habrá que presentar las solicitudes y la documentación requerida en las consejerías que se ocupen de la vivienda. Pero para ello habrá que esperar a que las comunidades hagan convocatorias públicas para conceder las ayudas, a través de los boletines oficiales y de los medios de comunicación, una vez que tengan los fondos y este organizado el procedimiento administrativo.
Deducciones fiscales
La Agencia Tributaria también contempla bonificaciones que facilitan el alquiler o la compra de la vivienda habitual. Infórmense de las deducciones del IRPF que proporciona la compra de la vivienda habitual, según su renta, así como de las deducciones que ofrezcan en su comunidad autónoma. También existen bonificaciones para el alquiler, según la edad y renta del inquilino.
Leave a Reply