¿Qué debo hacer cuando pago la última letra de la hipoteca?
Tras el último pago han nos quedará la cancelación registral del préstamo. Un trámite que podemos encargar a nuestro banco, pero por el que nos cobrará comisiones y gastos. Siempre y cuando, eso sí, nos informe previamente de cuál será ese coste.
Si decidimos llevar a cabo nosotros mismos ese último trámite debemos seguir una serie de pasos. Veamos cuáles.
En primer lugar, hay que solicitar al banco el “certificado de deuda cero”. Este documento será entregado de manera gratuita. Un escrito que deberemos presentar en la notaría que elijamos, y en la cual deberá comparecer también un representante de la entidad bancaria con la que hemos finiquitado la hipoteca. Dicha entidad no debe cobrar importe alguno por la comparecencia en notaría de su apoderado.
No existe un plazo para la comparecencia del apoderado de la entidad en la notaría. No obstante, las entidades tienen que poner los medios necesarios con el fin de evitar retrasos, actuando para ello con la máxima diligencia.
Por otra parte, deberemos solicitar y cumplimentar, en una delegación de la comunidad autónoma correspondiente, el documento de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), que está exento de pago.
A continuación, deberemos dirigirnos al Registro de la Propiedad con la copia del impuesto, el certificado de deuda cero y la escritura de la vivienda para proceder a la cancelación de la hipoteca que le afecta. Aquí sí que deberemos abonar los aranceles registrales, que dependerán del valor de la hipoteca que hemos acabado de pagar. Y de este modo finaliza el proceso y la casa queda libre de cargas hipotecarias.