Hacienda somos todos, aunque a nadie gusta pagar impuestos y éstos nunca llegan en el mejor momento. Sabemos que tarde o temprano llegará el pago de las tasas, pero puede pasar que no hayamos sido suficientemente previsores y no hayamos reservado las partidas necesarias para hacerles frente. Por eso conviene recordar que la Agencia Tributaria permite el fraccionamiento y el aplazamiento del pago de impuestos.
Si no tenemos el dinero para cubrir lo que nos reclama Hacienda llegado el momento, se puede solicitar el pago en diferentes cuotas para poder hacerle frente y no incurrir en un impago que generará recargos primero y sanciones en última instancia.
Si la declaración tributaria no exige un pago superior a los 30.000€, Hacienda no exige aportar garantías al contribuyente para solicitar el aplazamiento del pago y su fraccionamiento en varios plazos. Una petición, no obstante, que puede ser denegada si la situación del solicitante es irregular para con la Agencia Tributaria.
Para deudas superiores a 30.000€, haz clic aquí.
En cualquier caso, también es importante recordar al contribuyente que las retenciones no son aplazables. Estas son las retenciones de alquiler (modelo 115), las retenciones por rendimiento del trabajo (modelo 111) y las retenciones por capital mobiliario (modelo 123).
Los plazos máximos en los que Hacienda acepta aplazar los impuestos son los siguientes:
CUANTÍA APLAZADA | PLAZOS DE PAGO |
Deudas de hasta 1.000 € | 3 plazos mensuales |
Entre 1.000 y 5.000 € | 9 plazos mensuales |
Entre 5.000 y 10.000 € | 12 plazos mensuales |
Entre 10.000 y 20.000 € | 18 plazos mensuales |
Entre 20.000 y 30.000 € | 24 plazos mensuales |
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