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La listas de publicidad no deseada extienden su exclusión a redes sociales

La Lista Stop Publicidad da un paso más allá del bloqueo de llamadas comerciales y ofrece la posibilidad de incluir redes sociales y correos electrónicos. El responsable del Equipo Técnico de la Asociación Lista Stop Publicidad, José Manuel de Ramón Rodríguez, explica que las empresas están obligadas por ley a consultar estas listas de exclusión publicitaria antes de contactar a una persona.

¿Cómo benefician a los consumidores la Lista Stop Publicidad? ¿Es gratuito?

El servicio es totalmente gratuito para los consumidores que se quieran dar de alta para no recibir más publicidad por los canales y sectores elegidos. En cuanto a los beneficios, tras 30 días dado de alta en la lista, ninguna empresa puede mandar publicidad al canal inscrito por el consumidor. Por ejemplo, si un consumidor da de alta su número de teléfono, no deberá recibir anuncios en ese canal.

¿Qué proceso sigue un ciudadano para inscribirse en una lista anti publicidad y cuánto tiempo tarda en hacerse efectivo?

Los usuarios simplemente tienen que crearse una cuenta en la plataforma y dar de alta los canales que deseen. Tarda en hacerse efectiva 30 días, a partir de ahí se puede reclamar a cualquier empresa que incumpla la ley.

¿Qué mejoras aportan a otras iniciativas tipo Lista Robinson?

A diferencia de la Lista Robinson, en la Lista Stop Publicidad puedes dar de alta redes sociales y otros medios digitales.

¿Cómo garantizan la seguridad y privacidad de los datos de las personas registradas en la lista?

Garantizamos la seguridad y privacidad de los datos personales mediante encriptación de los datos de nuestros usuarios tanto en tránsito (mediante SSL) como en reposo. Los datos personales no son accesibles ni por nuestro equipo ni por terceros.

¿Qué medidas toman para asegurar que las empresas respeten las listas de exclusión publicitaria y no contacten a los inscritos?

Las empresas están obligadas por ley a consultar las listas de exclusión publicitaria antes de contactar a una persona por publicidad. Nosotros damos información en nuestra página web sobre a dónde debe uno dirigirse para reclamar a aquellas empresas que no respeten estas listas de exclusión publicitaria.

¿Cómo manejan las quejas o reportes de usuarios que reciben comunicaciones no deseadas a pesar de estar inscritos?

Les dirigimos a la página web mencionada dado que nosotros no podemos hacer a terceras empresas cumplir la normativa y hay canales legales donde las autoridades se encargan de ello. El sistema emite un documento certificado para poder acreditar ante la Asociación Española de Protección de Datos (AEPD) el registro de medios (número teléfono, email, etc.) y de canales en los que no deseas recibir publicidad.

¿Qué mejoras o innovaciones planean implementar para hacer estas listas más efectivas en el futuro?

En cuanto a la Lista Stop Publicidad, estamos mejorando el sistema para que sea más sencilla la inscripción para cualquier persona, haciendo tutoriales y una interfaz de usuario más amigable y auto-explicativa. También estamos mejorando el sistema de consultas para que a las empresas les sea más rápido y eficiente hacer consultas de alto volumen.

Formación ANEI

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