Cómo cobrar por anticipado las deducciones de las familias numerosas
Algunos colectivos sociales disfrutan de diferentes ventajas tributarias en función de sus características, como por ejemplo las deducciones de las familias numerosas y/o con personas con discapacidad a su cargo, que pueden solicitar el pago anticipado de las mismas en cualquier momento del año. Veamos cómo hacerlo y quienes pueden beneficiarse de estas ventajas en la renta 2024/2025.
Requisitos para el cobro anticipado de las deducciones de las familias numerosas
Lógicamente, para beneficiarse de las ventajas fiscales de un colectivo u otro es necesario aportar la documentación necesaria que acredite las condiciones exigidas al solicitante.
En este caso, para optar al cobro anticipado de las deducciones de las familias numerosas, el primer requisito es estar en posesión del título oficial de familia numerosa vigente. También es necesario tener el NIF de todos los miembros con obligación de tenerlo.
El solicitante deberá estar dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad por cuenta propia o ajena, mínimo 15 días al mes o tiempo equivalente en jornada.
Familias con miembros discapacitados
Hay que recordar que nos estamos refiriendo a las deducciones de las familias numerosas o con personas a su cargo que padezcan alguna discapacidad. Y para cobrar anticipadamente estas deducciones presentadas en la renta 2024/2025 también deberán cumplir ciertos requisitos.
En concreto, en el caso del cónyuge con discapacidad: no superar los 8.000 €/año de renta, excluidas las exentas.
Las deducciones son compatibles entre sí. Por ejemplo, la solicitada por una familia numerosa y a la vez la de un hijo con discapacidad, si fuera el caso.
Sea cual sea la casuística, la Agencia Tributaria siempre puede pedir documentación adicional si hay dudas sobre el cumplimiento de los requisitos por parte de los solicitantes. Ya sea en esta modalidad o en cualquier otro tipo de ayudas a las que puedan acceder las familias numerosas al presentar su declaración de renta 2024/2025.
Modelo 143
La solicitud del pago anticipado de las deducciones de las familias numerosas se podrá realizar de manera colectiva o individual mediante la presentación del modelo 143. Uno por cada una de las deducciones solicitadas.
Como ya hemos dicho antes, estas deducciones son acumulables entre sí. Es decir, un mismo beneficiario puede acceder a varias de ellas. Así los beneficiarios deberán presentar un formulario de solicitud, individual o colectivo, por cada una de las deducciones a las que tengan derecho.
Por otra parte, y como también avanzábamos en el párrafo anterior, cuando existen varios beneficiarios de una misma deducción, el abono anticipado puede solicitarse de manera colectiva o individual. Una decisión que puede cambiar de año en año. Es decir, si este ejercicio se presenta de manera colectiva, no obliga a hacerlo de este modo en la declaración del IRPF del próximo año.
Eso sí, cuando la opción elegida es la solicitud colectiva deberán constar todos los solicitantes que tengan derecho a la deducción. Y quien figure como primer solicitante deberá cumplir los requisitos para el abono de la deducción en el momento en que se presente la solicitud y será quien reciba la transferencia bancaria mensual.
Cómo presentar la solicitud
La solicitud del cobro anticipado de las deducciones de las familias numerosas puede presentarse por internet, por teléfono o en persona, en papel.
Por internet debe hacerse desde la Sede Electrónica de la AEAT. Telefónicamente, mediante llamada al Centro de Atención Telefónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (901 200 345). Y finalmente, cumplimentando un impreso que puede encontrarse en la página web de la Agencia Tributaria.
La forma de presentación que se elija en el momento de enviar la solicitud no podrá modificarse durante el ejercicio. Solo se podrá modificar la modalidad de solicitud cada mes de enero.
Límite de las deducciones de las familias numerosas
Como en todas las deducciones fiscales, la ley tributaria establece unos límites. Así, el de las deducciones de las familias numerosas es de 1.200 euros anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad y por familia numerosa y 2.400 euros en el caso de familias numerosas de categoría especial.
Estas cantidades, si el cobro de las mismas se solicita como mensual, se traducen en 100 euros mensuales por familia numerosa y por cada descendiente y ascendiente con discapacidad; 200 euros en el caso de familias numerosas de categoría especial.