Reforma laboral 2014: Combatir el desempleo

reforma-laboral-2014-postSi el año pasado vio la luz la Ley de Emprendedores, en 2014 asistimos a la entrada en vigor de la segunda Reforma Laboral, que igualmente trata de rebajar las altas tasas de paro que padece la sociedad española.

Tras más de cuatro años de depresión económica, y aunque los índices globales empiezan a hablar de recuperación, el panorama laboral sigue siendo desolador en España; así, fomentar la contratación y el empleo estable es uno de los objetivos prioritarios de las políticas económicas que se están llevando a cabo desde el Gobierno.

Las previsiones oficiales del Gobierno, que se presentaron acompañando al Proyecto de los Presupuestos Generales del Estado, estiman una creación de empleo del 0,2 % para 2014. De cumplirse estas previsiones podríamos hablar del final del ciclo de destrucción de empleo iniciado en 2008.

El Real Decreto-ley 16/2013 de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores que recoge la reforma, fue aprobado a finales de diciembre del pasado año. Aunque algunas de las medidas contempladas entraron en vigor de inmediato, la mayoría de ellas han comenzado a aplicarse a partir del 1 de enero y se centran principalmente en la simplificación de contratos y la flexibilización de la contratación a tiempo parcial.

Así, el nuevo marco jurídico-laboral permite a los empleadores realizar contratos de trabajo en función de sus necesidades; y para ello la reforma ha simplificado los formularios de contrato de trabajo, que se han reducido de 42 modalidades posibles a 4.

Otra de las novedades fundamentales de la nueva reforma es la flexibilización del tiempo en la contratación, que ha sido ideada para fomentar el uso del contrato a tiempo parcial. En este sentido, por ejemplo, las nuevas medidas prohíben las horas extras en este tipo de contratos. Pero en cambio se amplía la jornada en el contrato de trabajo a través de las horas complementarias, que pueden ser voluntarias o pactadas.

Las pactadas podrán acordarse solo en los contratos temporales e indefinidos, y no podrán superar el 30%  de la jornada. A no ser que por convenio se haya acordado el 60%. Y respecto a las horas voluntarias se podrán realizar en los contratos indefinidos a tiempo parcial sin superar el 15% de la jornada laboral (un 30% por convenio).

Entre otras medidas de la reforma destaca también la modificación de los períodos de prueba, que han visto limitada su duración a un máximo de un mes en contratos temporales de menos de seis meses.

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