Subsidio para mayores de 52 años en 2025: requisitos
El desempleo es una preocupación evidente para cualquier ciudadano en edad productiva, pero se agrava cuando con el paso de los años se complica aún más acceder a un puesto de trabajo. Y para estos casos existe el Subsidio para mayores de 52 años. Una ayuda económica dirigida a personas desempleadas de larga duración que ya han cumplido esa edad y han acumulado una vida laboral con cotizaciones suficientes.
Se trata de una ayuda gestionada por el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) que, a diferencia de otros subsidios, el beneficiario puede cobrar ininterrumpidamente hasta alcanzar la edad legal de jubilación. Siempre que los requisitos necesarios para acceder al subsidio para mayores de 52 años se mantengan en el tiempo.
Requisitos para cobrar el subsidio para mayores de 52 años
Los requisitos para poder solicitar el subsidio para mayores de 52 años son muy estrictos y deben cumplirse con exactitud, empezando por el de la edad, como se explicita en su definición.
Tener mínimo 52 años cumplidos
Aunque parezca obvio conviene reseñarlo, pues para poder optar al subsidio para mayores de 52 años es imprescindible tenerlos cumplidos cuando se cursa la solicitud. No basta con cumplirlos durante el proceso. Y tampoco se puede haber alcanzado la edad legal de jubilación vigente, que en 2025 es de 66 años y 8 meses. Solo en caso de tener derecho a la jubilación anticipada contributiva. Y es que esta ayuda está diseñada para cubrir ese período intermedio en el que la persona se ha quedado sin trabajo y ha agotado sus prestaciones por desempleo, pero aún no puede jubilarse.
Desempleado en situación legal
Un desempleado no puede cobrar el subsidio para mayores de 52 años por el mero hecho de no tener trabajo y tener la edad adecuada. Debe encontrarse en situación legal de desempleo, lo cual significa que ha perdido el trabajo de forma involuntaria y está inscrito como demandante de empleo en el SEPE.
Y no solo eso, sino que para solicitar esta ayuda, el solicitante debe haber agotado el paro. Es decir, la prestación contributiva por desempleo que le correspondía al perder el trabajo. O en todo caso, haber cotizado al menos 90 días sin llegar al mínimo exigido para poder cobrar el paro.
Cuando se recibe un subsidio, el parado debe estar disponible para aceptar ofertas de empleo, realizar formación o participar en acciones de inserción laboral. De lo contrario perdería su derecho a la ayuda.
Mínimos de cotización para acceder al subsidio para mayores de 52 años
Los aspirantes al subsidio para mayores de 52 años deberán cumplir también con unos mínimos previos de cotización en su vida laboral. Para acceder a la ayuda es necesario haber cotizado al menos 15 años al sistema de la Seguridad Social, de los cuales 2 años deben encontrarse dentro de los 15 años anteriores a la solicitud.
Por otro lado, se les exigirá también haber cotizado al menos 6 años al desempleo a lo largo de la vida laboral, a través de contratos que hayan generado derecho a la prestación contributiva.
Ingresos personales limitados
Aunque un desempleado cumpla los requisitos anteriores, no podrá recibir el subsidio para mayores de 52 años si su situación económica supera ciertos límites y sus ingresos personales están por encima del 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2025, lo que equivale a 888 euros mensuales. Por ejemplo, mediante el cobro de un alquiler, una pensión o algún otro tipo de ayuda.
Si durante el periodo en que se cobra el subsidio se superasen los límites establecidos por la ley en cuanto a los ingresos personales del beneficiario de la ayuda, ésta podría suspenderse.
Los ingresos a tener en cuenta son solo los del solicitante, sin contabilizar los de ningún otro miembro de la unidad familiar.
Importe del subsidio para mayores de 52 años en 2025
En el año 2025 la cantidad estipulada como subsidio para mayores de 52 años es de 480€ mensuales. Un importe que supone el 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente.
Esta cantidad es invariable y no está condicionada ni por las cotizaciones previas ni la situación familiar del solicitante. Todos los beneficiarios del subsidio reciben la misma cuantía en doce mensualidades anuales. No hay, por tanto, pagas extraordinarias.
Aquellos que perciben esta ayuda no solo cobran mensualmente la cantidad estipulada, sino que cotizan a la Seguridad Social a efectos de la jubilación. Y además, este subsidio tiene la particularidad de que aunque el desempleado percibe una mensualidad de 480 euros, el Estado cotiza por él como si estuviera percibiendo un salario mucho más alto, lo cual tiene un impacto positivo en la futura pensión.
Conclusión
El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda oficial para parados de larga duración y una cotización suficiente, pero con una edad que aún no les permite optar a la jubilación. Se trata de un subsidio que puede cobrarse ininterrumpidamente hasta la edad de jubilación legal, pero sin renunciar en ningún momento a encontrar trabajo y volver a cotizar.