Embargo de cuenta bancaria: cuándo, cuánto y por qué
El embargo de cuenta bancaria es un procedimiento legal utilizado para retener fondos de una empresa o persona física que debe pagar una deuda pendiente.
Este recurso de cobro es usado habitualmente por la Administración para cobrar deudas que tanto pueden ser fiscales, como tributarias, e incluso derivadas de multas impagadas. Pero un embargo de cuenta bancaria también puede aplicarse mediante una resolución judicial, por ejemplo cuando un deudor no cumple con sus obligaciones de pago.
Cuándo puede aplicarse un embargo de cuenta bancaria
El embargo de cuenta bancaria se aplica siempre para saldar una deuda impagada, una vez que se han agotado los diferentes plazos establecidos para conformar los pagos.
Hay diferentes casos en que los deudores pueden ver como se les embarga su cuenta si no cumplen con sus obligaciones. Por ejemplo en los casos de préstamos impagados a las entidades financieras. También puede aplicarse este recurso de cobro para las deudas fiscales. El impago de impuestos, por ejemplo.
Hay obligaciones legales que también pueden saldarse con un embargo de cuenta bancaria si no se cumplen. Sería el caso de no pagar una pensión alimenticia establecida por un juez. Del mismo modo se procederá para atender sentencias judiciales incumplidas como el impago de una indemnización o cantidades económicas derivadas de otros fallos legales.
Cuánto es lo máximo que pueden embargar de una cuenta
El afectado recibirá una notificación de embargo de cuenta bancaria por parte de la Administración acreedora o del juez. No obstante, la entidad financiera donde está la cuenta, y que recibirá la orden de embargar, también deberá comunicar esta circunstancia al deudor. Éste deberá saber siempre quién y por qué le embargan, y cuál es el montante del embargo.
El embargo dictado es sobre el saldo de la cuenta en la fecha de recepción de la orden, por lo que, aunque no sea suficiente para pagar la deuda, la entidad no puede dejar nunca una cuenta en números rojos.
La entidad que ha recibido la orden de embargo de cuenta bancaria de su cliente, y que tiene la obligación de ejecutarla, retendrá una parte o la totalidad de los fondos, pero con ciertos límites. Si el titular de la cuenta afectada recibe en la misma su salario o la pensión, deberán respetarse las limitaciones de la ley y el embargo solo podrá recaer sobre la parte que exceda del salario mínimo interprofesional (SMI).
En el caso de los autónomos, los porcentajes embargables serán los siguientes:
- El exceso hasta llegar al doble del SMI es embargable en un 30 %.
- Los siguientes excesos (hasta llegar a tres, cuatro o cinco veces el SMI) son embargables respectivamente en un 50, 60 y 75 %.
- Todo lo que se gane por encima de cinco veces el SMI es embargable al 90 %.
Qué pasa si una cuenta bancaria está embargada
El embargo de cuenta bancaria, cuando se aplica, bloquea una cantidad concreta para asegurarse el cobro de la cuantía que ha provocado el proceso. No obstante, si se realiza un depósito en la cuenta con fecha posterior al inicio del proceso de embargo, ese dinero no puede retenerse. Otra cosa es que se aplique una nueva medida de embargo sobre la misma cuenta.
Cómo puede levantarse un embargo de cuenta bancaria
Igual que se pone se quita. La AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria), es decir, Hacienda, dicta embargos a diario y del mismo modo los levanta, cuando la deuda que los ha provocado ha sido saldada. Pero no existe un plazo específico para llevar a cabo el levantamiento.
Ese es el caso más evidente, ya que el embargo tiene su origen en una deuda impagada. De modo que al pagarla, el embargo será anulado. No obstante, también puede levantarse un embargo de cuenta bancaria si deudor y acreedor alcanzan un acuerdo de pago. Por lo general conviniendo el aplazamiento o fraccionamiento del importe adeudado.
Además, podría darse el caso de que el deudor alegue que existen errores de fondo o de forma que hacen improcedente el embargo. Si la justicia le diera la razón el embargo también tendría que ser cancelado.