¿Qué es el Código LEI, para qué sirve y a quién afecta?

El dinero mueve el mundo y el mercado financiero es más complejo de lo que a pie de calle muchos ciudadanos puedan comprender. Por ese motivo, y aunque escape a nuestro entendimiento, las finanzas tienen sistemas de control que permiten garantizar un cierto y estricto orden macro-económico. Y una de las nuevas medidas internacionales adoptadas en este sentido es el Código LEI. Un proyecto de normativa nacido en el seno del G20, que pretende dotar a estos mercados de una mayor transparencia.

El LEI es un código global alfanumérico de 20 caracteres concebido para identificar aquellas organizaciones que son parte de un contrato financiero. Dicho código será único, permanente, consistente y portable por cada entidad.

En la actualidad, aún no se les puede asignar, ni por tanto exigir, un código LEI a privados, y en cambio es obligado y necesario para todas las empresas (personas jurídicas) que operen en mercados financieros y que participan en el comercio de derivados. Por ejemplo, bancos y compañías financieras, entidades que emiten acciones, deuda o valores para otras estructuras de capital, aquellas empresas que coticen en bolsa, o los fondos de inversión y de pensiones.

Las entidades jurídicas que necesiten el LEI para ejecutar sus operaciones tienen la obligación de haberlo obtenido antes del 1 de noviembre de 2017, en el caso de quienes operan con derivados y con seguros de cambio, y del 3 de enero de 2018, aquellos que lo hacen con renta variable y renta fija. En caso contrario, no podrían ejecutar las operaciones que tuvieran previstas.

El código LEI es obligatorio para las grandes empresas que cotizan en bolsa

¿Dónde solicitar el Código LEI?

El código LEI se deberá solicitar ante el Registro Mercantil donde esté domiciliada la empresa o Persona Jurídica, previa cumplimentación del documento indicado en cada momento en la página web del Ministerio de Justicia.

Una vez cumplimentado el documento con los datos básicos de la persona jurídica, el mismo deberá ser firmado por un Apoderado de la Compañía.

El original del documento firmado deberá presentarse en el Registro Mercantil, junto con la acreditación del pago del arancel de la solicitud, que asciende a 100€+IVA. El pago se llevará a cabo por transferencia bancaria, efectivo o talón en el propio Registro Mercantil.

El código LEI debe renovarse anualmente, y el coste del arancel por cada renovación es de 50€+IVA.

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