Pago único del desempleo para emprender proyectos empresariales como autónomos

Los desempleados pueden optar al pago único para capitalizar un negocio autónomo

Iniciar una aventura empresarial como autónomo no es un proyecto sencillo, y financieramente a menudo exige inversiones difíciles de asumir. Para ello existe la opción de la capitalización del desempleo o el pago único de la totalidad de las prestaciones correspondientes al paro.

El Pago Único del desempleo lo pueden solicitar aquellas personas que están en el paro e interesadas en abrir su propio negocio como autónomos, ya que permite cobrar de una sola vez todo o parte del importe pendiente de la prestación por desempleo.

Para poder solicitar el pago único, el interesado no debe haber iniciado la actividad económica ni estar de alta en la Seguridad Social, y debe tener pendiente de recibir, al menos, tres mensualidades de la prestación. Además, el trabajador no puede haber sido beneficiario de otro pago único en los cuatro años anteriores.

Requisitos

Otro de los requisitos para solicitar este tipo de ayudas es acreditar el alta como autónomo estable o la incorporación como socio trabajador de una cooperativa, sociedad laboral o mercantil; e iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la fecha de aprobación del pago único.

Por otra parte, solo podrá acceder al pago único si el beneficiario no ha impugnado el despido que diera lugar a la situación de desempleo. En estos casos no se podrá solicitar la capitalización hasta que se haya resuelto el expediente de impugnación.

El dinero recibido por la capitalización del desempleo no puede utilizarse para cualquier cosa. Es decir, el beneficiario no puede lucrarse a su antojo y dedicarlo, por ejemplo, a sus vacaciones. El dinero debe ser destinado a la inversión necesaria para desarrollar la actividad. Es decir, para cubrir el importe de las cargas tributarias para el inicio de la actividad, o para realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva constitución o constituida en un plazo máximo de doce meses anteriores a la aportación.

Igualmente puede dedicarse el capital a los gastos de constitución y puesta en funcionamiento de una entidad, así como al pago de las tasas y de servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender.

El pago único se solicitará en la Oficina de Empleo o Dirección Provincial de la Entidad Gestora correspondiente: el antiguo INEM, ahora «Servicio Público de Empleo Estatal» (SEPE), pudiéndose solicitar tanto en el momento de tramitar la prestación por desempleo que se pretende capitalizar como en cualquier momento posterior.

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