Las indemnizaciones por despido laboral deben declararse en la renta

Inmersos como estamos en la nueva campaña de la renta 2016, conviene conocer algunas cuestiones  que pueden hacer variar considerablemente nuestra declaración.  Desde que entró en vigor la reforma fiscal, las indemnizaciones recibidas por despido deben declararse en la renta.

Es decir, si en el pasado ejercicio fiscal de 2016 usted perdió el trabajo por despido, y fue por ello indemnizado, dicha cantidad económica debe ser declarada a Hacienda, puesto que ahora tributa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Algo que no ocurría anteriormente, pues las indemnizaciones por despido estaban exentas al 100%. De hecho, esta nueva normativa fiscal se aplica desde el 1 de agosto de 2014.

Esta circunstancia fiscal cambió con la modificación del Art. 7 de la Ley de IRPF, que de este modo contempla que determinadas indemnizaciones por despido -hasta ahora exentas, siempre que no superasen las cuantías fijadas en el Estatuto de los Trabajadores- deben declararse a la Agencia Tributaria.

En la renta deben constar las indemnizaciones laborales por despido

Pero no todos los contribuyentes deben tributar su indemnización de despido. Existe un mínimo exento de dicha tributación. Así, si los ingresos anuales más la indemnización no superan los 180.000€, el trabajador no tiene que tributar la indemnización.

Es importante también distinguir entre el finiquito y la indemnización. Ésta es una cantidad que se entrega al trabajador para paliar el hecho de haber perdido su puesto de trabajo. En cambio, el finiquito  es el dinero que la empresa adeuda al empleado por el trabajo realizado hasta el momento de rescindir el contrato (incluye vacaciones que no se hayan disfrutado y el prorrateo de la paga extraordinaria), y se cobra siempre independientemente del tipo de despido.

En los casos en que los despidos de los trabajadores formen parte del proceso de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), la nueva fiscalidad los exime de declarar a Hacienda las indemnizaciones que se deriven.

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