En la práctica, ¿cuáles son las diferencias entre SL y SA?

Quien más quien menos sabe hoy en día lo que es una SL y una SA. Las de las Sociedades anónimas y limitadas son tal vez las siglas más empleadas en el lenguaje económico y comercial, pues acompañan siempre, casi como un sufijo, al nombre de las empresas que se ajustan a dichas formas jurídicas, las cuales son sin duda las más extendidas del sector. Pero veamos, en la práctica, cuáles son sus principales diferencias y similitudes.

Ambos modelos se encuadran en las consideradas sociedades capitalistas, en las cuales la aportación de capital de los socios es más importante que las características de los mismos, que no tienen ninguna relevancia. De hecho, la aportación de estos basta que sea económica. Después pueden desvincularse por completo y esperar dividendos mientras la labor de gestión la realiza cualquier otro empresario profesional, que podría incluso no ser socio sino asalariado.

Modelos de empresa según el capital, diferencias entre SL y SA

Socios y capital

Esta sería una primera similitud, a la cual se sumaría el número de socios necesarios para su constitución, ya que debe ser de un mínimo de uno, en el caso de las sociedades unipersonales, y no tiene topa máximo. De hecho, en una sociedad limitada, también llamada Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), el capital de la empresa se divide entre los socios en participaciones (partes iguales acumulables e indivisibles del capital), mientras que en una SA ese  capital está dividido entre todos los socios en acciones nominativas o al portador. Es esta una de las principales diferencias entre los dos modelos de empresa.

Así mismo hay que destacar otra diferencia crucial, y esa se halla en el capital social mínimo de constitución de la sociedad, que para una SA es de 60101,21 €, mientras que para crear una SL basta con aportar 3005,06 €. Eso sí, en estos casos, en el momento de la constitución de la sociedad debe estar totalmente suscrita y desembolsada esa cantidad, aunque puede ser en metálico, bienes o derechos. En cambio, en el caso de las Sociedades Anónimas, el capital debe estar totalmente suscrito y desembolsado en, al menos, un 25%. En el contrato de constitución se establece el plazo para abonar los dividendos pasivos, que son las cantidades pendientes.

En ambos casos, los socios accionistas o propietarios de participaciones, según el caso, nunca deberán afrontar más responsabilidad que la correspondiente al volumen de su inversión. Así mismo, las posibles ganancias también se repartirán en idénticas proporciones.

Lógicamente, y como consecuencia evidente de dichas aportaciones mínimas de capital, en la práctica el modelo de Sociedad Anónima se adapta mejor a las necesidades de las grandes empresas. Por el contrario las sociedades limitadas son las más apropiadas para empresas de nueva creación, autónomos o Pymes.

Una de las ventajas relacionadas con la envergadura de las SA es que estas pueden llegar a cotizar sus acciones en bolsa, mientras que una SL nunca puede hacerlo con sus participaciones.

Por último otra semejanza a nivel práctico, y es que ambos modelos de sociedad tributan por el Impuesto sobre sociedades, y deben liquidar también el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

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